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-  OFICINA DE   DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE SUPERACIÓN DE   25 % Precio Público Decreto: Expedición de Certificados
                      RELACIONES
                    INTERNACIONALES   LAS PRUEBAS CERTACLES                         Académicos
                                   TÍTULO DE SUPERACIÓN DE CURSO DE VALENCIANO   Precio Público Decreto: Expedición de Certificados
                  -  SECRETARIADO DE   OFICIAL                                      Académicos
                      EXTENSIÓN    DUPLICADO DE TÍTULO DE SUPERACIÓN DE CURSO   25 % Precio Público Decreto: Expedición de Certificados
                     UNIVERSITARIA
                                    DE VALENCIANO OFICIAL                           Académicos

               3.- Devengo y pago.
               La tasa se devengará en el momento de la prestación del servicio, requiriéndose de liquidación al tiempo
               de la solicitud.
               Al  efecto  de  la  liquidación  de  la  tasa,  se  deberá  emitir  recibo  a  través  de  la  página  web  http:
               //www.umh.es/recibos/, seleccionando el concepto de “tasas por servicios de gestión general”, con detalle
               de la tasa específica por el servicio de gestión a prestar. En los casos en los que el trámite se realice desde
               Sede Electrónica, el recibo se recabará desde esta plataforma.

               4.- Prestación de Servicios de Gestión General.
               El derecho a la prestación del Servicio de Gestión General, se reconocerá, previa aportación de la Solicitud
               del Servicio, acompañada del Resguardo de Liquidación del Recibo indicado en el punto 3.

               5.- Ámbito de Aplicación
               Se aplicarán a los servicios de gestión general que se soliciten, incluidos en el punto 2; sin perjuicio de las
               tasas y precios públicos oficiales aprobados por normas que resulten de aplicación.
               Constituirán  ámbito  de  aplicación,  en  los  supuestos  de  solicitud  de  servicios  de  gestión,  con  efectos
               externos a la Universidad Miguel Hernández.

               6.- Reducciones
               Las tasas y precios públicos regulados en los puntos del 11 al 23 de la tabla establecida en el punto 2, serán
               minoradas por las reducciones que resulten de aplicación según la legislación vigente en servicios públicos
               similares.
               Además, para las tasas y precios públicos regulados en el punto 5 de la mencionada tabla del punto 2 se
               aplicarán las siguientes bonificaciones:
                      a) Si es miembro de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de
                      categoría general: una bonificación del cincuenta por ciento de la tasa.
                      b) En el caso de que la presentación de la solicitud de participación en las pruebas se realice por
                      medios telemáticos: una bonificación del diez por ciento de la tasa, acumulable a la fijada en la
                      letra anterior.
               Se devengará a favor del mismo solicitante, una única tasa por la expedición de los siguientes Certificados:
                   -   Certificado original, y la primera copia del documento.
                   -   Certificados que deban expedirse para acreditar currículum de personal con la condición de PAS y
                      PDI, referidos en para un único fin y solicitados en el mismo momento.
                   -   Certificados Genéricos de Máster y Doctorado solicitados en el mismo momento.

               Los Certificados solicitados de Oficio por otras administraciones públicas, estarán excluidos del ámbito de
               aplicación.














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