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proponente de la Actividad de Formación aprobadas, en los que se produzcan
Continua. cambios en los precios públicos de
4. Las propuestas se dirigirán al matrícula, en el programa o el
vicerrectorado con competencias en cada profesorado, se regirán por el
una de las actividades desarrolladas, de procedimiento establecido para las nuevas
acuerdo al procedimiento administrativo propuestas.
establecido al efecto.
Artículo 6. Aplazamiento y anulación.
El Director de una Actividad de Formación Continua
deberá comunicar al servicio administrativo
Artículo 4. Plazos. competente el aplazamiento o anulación de la
misma, argumentando el motivo de tal decisión. El
Con carácter general, las propuestas de Actividades período de aplazamiento no puede ser superior a 12
de Formación Continua deberán presentarse con meses desde la fecha de inicio prevista. Pasado este
una antelación mínima de dos meses antes de la período la actividad tendrá la consideración de
fecha de comienzo de las mismas, a excepción de actividad anulada.
las Jornadas que deberán hacerlo con una
antelación de al menos 21 días, o bien se regirán por CAPÍTULO 3. DIRECCIÓN Y PROFESORADO.
los plazos marcados en las convocatorias de los
Vicerrectorados competentes. Artículo 7. Dirección.
Artículo 5. Autorización. 1. El director de una Actividad de Formación
Continua será el responsable de todos los
a. Las Actividades de Formación Continua aspectos que conciernen al desarrollo de la
serán autorizadas por el vicerrectorado misma.
competente que informará
posteriormente al Consejo de Gobierno, 2. El director deberá ser personal docente e
debiendo incorporar presupuesto de la investigador de la UMH para el caso de
actividad que garantice su Actividades de Formación Continua propuestas
autofinanciación. por Vicerrectorados, Gerencia, Facultades,
Escuelas, Departamentos, Institutos de
b. El Consejo Social de la UMH aprobará los Investigación, Cátedras y Centros Propios de la
precios públicos de matriculación de las UMH. En el caso de centros adscritos, asociados
actividades de formación continua, con o afiliados, el director será el director del
carácter general, con el Presupuesto Anual centro.
en el que resulten de aplicación.
3. Las funciones del director son:
c. Las modificaciones que excepcionalmente a. Presentar la propuesta de las actividades
se puedan producir, una vez aprobada la de formación continua conforme al
actividad de formación continua, se procedimiento normalizado al efecto.
deberán justificar ante el vicerrectorado b. Proporcionar a los Servicios a cuyo cargo
competente para su autorización e estén las gestiones de las Actividades de
informe al Consejo de Gobierno, en su Formación Continua cualquier tipo de
caso. información que éstos le soliciten.
c. Coordinar y responsabilizarse de la gestión
d. La realización de nuevas ediciones de académica.
Actividades de Formación Continua ya d. Colaborar con la divulgación y publicidad
autorizadas requerirá la comunicación al del curso.
vicerrectorado competente. El e. Admitir a los estudiantes de acuerdo a los
Vicerrectorado autorizará una nueva criterios establecidos en esta normativa y
edición informando al Consejo de en la memoria académica de la actividad
Dirección y al Director de la Actividad de de formación continua.
Formación Continua. f. Gestionar el presupuesto de la actividad,
de acuerdo con las normas de ejecución
e. La realización de nuevas ediciones de presupuestaria de la universidad.
Actividades de Formación Continua ya
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