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4.-TECHO DE GASTO:
El artículo 81.2.a) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, según
redacción dada por el Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización
del gasto público en el ámbito educativo, establece que las universidades públicas españolas, para
garantizar un mejor cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, deberán aprobar un límite de gasto de carácter anual, que
marcará el techo de asignación de recursos de sus presupuestos.
El gasto en la Universidad Miguel Hernández de Elche ha estado limitado en ejercicios anteriores
por tres factores:
a) El propio presupuesto inicial que determina el volumen máximo de gastos que se pretenden
atender con los ingresos previstos en ese documento.
b) Los remanentes de crédito afectados al cumplimiento de obligaciones previstas, que al cierre
del ejercicio precedente se engloban bajo el epígrafe de remanente afectado.
c) Los remanentes líquidos de tesorería, disponibles para financiar, en su caso, mayores
inversiones o gastos.
En base a esto, y según lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, procedemos a elaborar un
cálculo estimado del techo de gasto. Para ello, añadimos un margen sobre el remanente no afectado,
necesario para atender de conformidad con la normativa presupuestaria la financiación de
modificaciones de crédito con carácter puntual en el presupuesto corriente, y obtenemos una
definición de gasto máximo anual para 2020, que podría tomarse como referencia para garantizar el
mejor cumplimiento de los objetivos de la ley de estabilidad, toda vez que la Universidad Miguel
Hernández de Elche no tiene deuda pendiente con entidades financieras, al estar la amortización del
préstamo BEI garantizada por la Generalitat Valenciana.
Los datos para el ejercicio que ahora concluye y el cálculo del límite para el 2020 se describen
en el siguiente cuadro:
CÁLCULO TECHO DE GASTO 2020
Euros
Presupuesto inicial 106.143.978,61
Remanente afectado revisado (1) 17.282.010,29
25% Remanente líquido tesorería (2) 3.351.000,75
SUMA 126.776.989,65
(1) Año 2020: Se considera Remanente Afectado ejecutado en el ejercicio 2019, a fecha de aprobación del Presupuesto 2020 por el
Consejo de Gobierno.
(2) Se considera el Remanente de Tesorería disponible para la financiación de gastos generales, de conformidad con la normativa
presupuestaria, tomando como base la última Cuenta General aprobada.
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