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ANEXO XXVIII: NORMATIVA DE CONTRIBUCIÓN A LOS COSTES INDIRECTOS




            1.- CONCEPTO                                        (1)  Reducción  de  la  retención  a  aplicar,  en
                                                                    aquellas situaciones en las que se justifiquen
            Las Retenciones sobre la generación de ingresos, son    que  no  serán  utilizados,  o  utilizados
            aquellas cantidades que serán aplicadas en concepto     parcialmente, los recursos de la Universidad,
            de compensación por costes indirectos devengados        debiéndose en este efecto aportar memoria
            por la realización de actividades en la Universidad     de  la  actividad  a  realizar,  con  detalle  del
            Miguel Hernández de Elche.                              calendario  previsto,  recursos  y  espacios  a
                                                                    utilizar.
            2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN                                En  el  caso  particular  de  la  Celebración  de
                                                                    Congresos,  resultando  de  aplicación  lo
            Será  de  aplicación  a  los  ingresos  a  generar  por   establecido  en  el  párrafo  anterior,  podrá
            ingresos  recibidos  en  la  Universidad  Miguel        reconocerse la reducción de la retención de
            Hernández de Elche.                                     los  costes  indirectos,  en  atención  de  la
                                                                    utilización  de  los  espacios  propios  de  la
            3.- NORMAS DE DETERMINACIÓN DE                          Universidad:

            LA RETENCIÓN A APLICAR                              (2)  Reducción  del  2,5%:  Celebración  del
                                                                    Congreso  parcialmente  en  la  Universidad
                                                                    Miguel Hernández de Elche.
            3.1. Aplicación Preferente:
                                                                (3)  Reducción  del  5%:  Celebración  del
            En  aquellos  supuestos  de  reconocimiento  por  los   Congreso  en  espacios  externos  a  la
            organismos  financiadores  de  costes  indirectos       Universidad Miguel Hernández de Elche.
            específicos,  de  conformidad  a  los  criterios  de   (4)  Exención  o  Reducción  de  la  retención  a
            convocatoria o adjudicación, resultarán de aplicación   aplicar, en aquellos casos considerados de
            éstos con carácter preferente sobre los establecidos    interés  general,  previa  motivación,  para
            en  el  Anexo  I,  aplicándose  el  mismo  criterio  de   garantizar la sostenibilidad económica de la
            distribución de costes indirectos que el establecido    actividad,  justificando  los  recursos  básicos
            en el referido anexo.                                   que serán financiados.
                                                             Cuatrimestralmente se informará al Consejo Social,
            En  el  caso  de  suscripción  de  Convenios,  la   de  las  actividades  autorizadas  su  reducción  o
            determinación  de  retención  por  costes  indirectos   exención en la aplicación de costes indirectos.
            específicos,  requerirá  autorización  previa  del
            Vicerrectorado  con  competencias  en  materia   4.- CODIFICACIÓN
            económica.
                                                             En el momento de la codificación, en los términos
            3.2. Aplicación General:                         establecidos  en  el  artículo  14  de  las  Normas  de
                                                             Ejecución y Funcionamiento del Presupuesto, deberá
            Con  carácter  general,  serán  de  aplicación  las   indicarse  la  retención  por  costes  indirectos
            retenciones que se establecen en el Anexo I de la   procedente de acuerdo a lo establecido en el punto
            presente normativa.                              3.

            3.3. Aplicación Reducida:                        Con carácter previo a la autorización de la actividad

                                                             por  el  Vicerrector  competente,  en  los  casos
            A solicitud del Vicerrector competente en el ámbito
            de las actividades a desarrollar de conformidad con   establecidos  en  los  puntos  3.3  deberá  remitirse
            el  artículo  14  de  las  normas  de  ejecución  y   información justificativa de la solicitud al Servicio con
            funcionamiento  del  Presupuesto,  el  Vicerrectorado   competencias  presupuestarias,  para  trámite  de
            con   competencias   en   materia   económica,   autorización de retención por costes indirectos.
            excepcionalmente podrá autorizar:





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