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organismos públicos o privados, para la gestión y de los trabajos, se procederá al reajuste de las
prestación de servicios propios o para la colaboración anualidades y a la revisión del programa de trabajo
y coordinación en asuntos de interés común, que será aprobada por el órgano de contratación.
financiados con partidas no finalistas.
El número de ejercicios a los que pueden aplicarse los Los expedientes de gastos plurianuales de Inversiones
gastos plurianuales, en los casos previstos en los que tengan su inicio con posterioridad al 15 de octubre
epígrafes a), b), e), f) y g) del punto anterior, no será deberán ir acompañados de informe del Servicio con
superior a cuatro, sin contar aquél en el cual el gasto competencias en la gestión presupuestaria, en el que
se comprometió. En los casos c) y d), no resultará de se acredite que el gasto figura con dotación en el
aplicación la limitación general de 4 anualidades. anteproyecto de presupuestos del ejercicio inmediato
En el caso de Inversiones, la cantidad global del gasto siguiente; o resulte autorizada la adaptación de la
que se impute a cada uno de los futuros ejercicios Programación Plurianual y el inicio de expediente de
autorizados no excederá de la cantidad que resulte de modificación presupuestaria por el Consejo Social
aplicar, al crédito globalizado del año en que la
operación se comprometió, los siguientes porcentajes: Para la formalización de compromisos de gastos de
a) 70% en el primer ejercicio inmediato siguiente.
b) 60% en el segundo ejercicio. carácter plurianual que se indican a continuación
c) 50% en el tercer y cuarto ejercicio. serán de aplicación las siguientes normas:
● Para los gastos de planes de inversiones financiados por
El Consejo Social, a propuesta del Consejo de la Generalitat Valenciana, hasta los importes y los
ejercicios que determinen los planes.
Gobierno, podrá ampliar los porcentajes establecidos ● Para los gastos financiados con fondos europeos,
en los números anteriores cuando dicha ampliación nacionales o autonómicos, se pueden contraer
venga justificada por la necesidad de la adquisición y compromisos de gasto plurianual hasta el importe y los
resulte especialmente beneficiosa para la Universidad. ejercicios que determinen los programas operativos
correspondientes.
En los contratos de obra de carácter plurianual, con ● Para los gastos derivados de los contratos establecidos
excepción de los realizados bajo la modalidad de en el artículo 60 de la LOSU, se pueden contraer
abono total del precio, se efectuará una retención compromisos de gasto plurianual por el importe de las
adicional de crédito del 10 % del precio del contrato, anualidades fijadas en los contratos y, adicionalmente,
en el momento en que ésta se realice. para los gastos no ejecutados en anualidades
anteriores, si así se considera en sus condiciones de
formalización o concesión.
Esta retención se aplicará al ejercicio en que finalice el ● Los gastos procedentes de expedientes de contratación
plazo fijado en el contrato para la terminación de la se formalizarán según las anualidades previstas en los
obra o al siguiente, según el momento en que se presupuestos respectivos de cada ejercicio económico.
prevea realizar el pago de la certificación final. Estas En actividades de modalidad de gestión preferente, el
retenciones computarán a efectos de los límites número de ejercicios a los que podrán aplicarse los
establecidos por los respectivos porcentajes. gastos no será superior a cinco. El gasto que se impute
a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá
En todo caso, los gastos plurianuales a que se refiere exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito
este artículo tendrán que ser objeto de adecuada e presupuestario a que corresponda la operación de los
independiente seguimiento contable que deberá siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato
informarse en la memoria anual. Corresponderá al/a siguiente y en el segundo, el 100 por ciento, en el
Gerente establecer los criterios necesarios a estos tercer ejercicio, el 70 por ciento y en los ejercicios
efectos. cuarto y quinto, el 60 por ciento y 50 por ciento,
respectivamente.
Cuando por retraso en el comienzo de ejecución del No resultará de aplicación las normas establecidas
contrato, suspensiones o prórrogas, se produjera un para la Gestión de Gastos Plurianuales, para aquellos
desajuste entre las anualidades establecidas y las gastos cuyos créditos estén dotados en el ejercicio
necesidades económicas reales que exija el desarrollo
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