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ANEXO B-XII: NORMATIVA PAGOS A PERSONAL PROPIO

               1.- CONCEPTO

                                                              Las solicitudes de pago al personal colaborador en los
               Son aquellas retribuciones que puede  percibir el   cursos y actividades  de  Extensión  Universitaria, por
               personal vinculado a la Universidad Miguel Hernández   cursos  y  actividades en el área de deportes, y  por
               (funcionarios o contratados), por la participación en   actividades relacionadas con el ámbito de actuación
               las actividades extraordinarias asociadas a la   propio de esta Universidad en materia de Relaciones
               investigación  (contratos, convenios o proyectos de   Internacionales, Cooperación al Desarrollo, gestión de
               investigación), actividades formativas (Enseñanzas de   cátedras  y demás actividades culturales,  requerirán
               Formación Permanente, cursos, etc.)  y otro tipo de   del VºBº del Vicerrectorado correspondiente para su
               actividades  que no puedan  ser encuadradas en las   tramitación.
               anteriores.

               2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN                       Las solicitudes de pago asociadas a centros de gasto de
                                                              investigación  (GI)  que provienen del porcentaje en
                                                              concepto  de gastos generales que  aplica la
               Será de aplicación al Personal de Técnico de Gestión y   Universidad o a centros de gasto  genéricos (GR)
               de  Administración  y Servicios (PTGAS),  al Personal   deberán llevar en todo caso el Vº Bº del Vicerrectorado
               Docente e Investigador (PDI) de la Universidad Miguel   correspondiente para su tramitación.
               Hernández y al Personal Investigador (PI).

               3.-  NORMAS DE TRAMITACIÓN E                   Las solicitudes de  pago al  personal de técnico de
                                                              gestión y administración y servicios y al personal de
               IMPUTACIÓN                                     apoyo administrativo a la investigación, deberán

                                                              contar con la autorización previa de la Gerencia en los
               Obligatoriedad de gestionar las Propuestas de Pago a   términos  establecidos  en  la  Normativa  de
               Personal Propio por vía electrónica. Todas las   Retribuciones por participación en  actividades
               solicitudes  de  pago serán tramitadas a través de la   extraordinarias dentro del ámbito de la UMH. Antes de
               aplicación informática desarrollada al efecto (acceso   proceder al abono  de la actividad, el Servicio de
               personalizado: www…), acompañadas del expediente   P.T.G.A.S, comprobará que el tiempo de dedicación a
               de retención de crédito (RC) y del FORMULARIO DE   dicha actividad haya sido acreditado de forma
               PAGO A PERSONAL PROPIO que se incorpora como   fehaciente utilizando el control de presencia. El mismo
               anexo a la presente normativa. La aplicación   sistema de  control se utilizará cuando se trate de
               informática permitirá una correcta gestión y control   actividades extraordinarias realizadas por el personal
               de todos los pagos objeto de la presente normativa.   de apoyo administrativo a la investigación.

               Las solicitudes de pago que se tramiten con cargo a   Las actividades propiamente de investigación, serán
               proyectos, grupos  de investigación, ayudas a la   acreditadas por el Director del Proyecto y las
               investigación,  contratos del art. 60 de la LOSU  y   actividades de docencia, por el Servicio de Gestión de
               subvenciones específicas  se remitirán, con  carácter   Estudios.
               previo para su comprobación al Servicio de Gestión de
               la Investigación/Servicio de Transferencia del   Tras el VºBº  del Servicio de Gestión de la
               Conocimiento y posterior VºBº si procede.      Investigación/Servicio  de  Transferencia  del
                                                              Conocimiento, del Servicio de Gestión de Estudios o
               Las solicitudes de pago por la coordinación, dirección   Vicerrectorado correspondiente, todas las solicitudes
               e impartición de docencia y gestión en el ámbito de   de pago a personal propio tanto del PTGAS, PDI como
               las Enseñanzas Propias de la Universidad, se remitirán,   del PI, serán  remitidas al Servicio de Información
               con carácter previo para su comprobación al Servicio   Contable  y Gestión Económica  y Financiera,
               de Gestión de Estudios y posterior VºBº si procede.   acompañados del expediente de retención de crédito


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