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ANEXO B-VII: REGULACIÓN DE LAS DEVOLUCIONES DE INGRESOS. MODELO
DE SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS
Regulación de las devoluciones de ingresos. 2.1). - Devoluciones de precios públicos por servicios
académicos de matrículas correspondientes al curso
Artículo 1. Competencias vigente:
1.1. De conformidad con la Resolución Rectoral El proceso de devolución de derechos académicos de
1353/2021 de delegación de competencias, en su matrículas correspondientes al curso académico en
apartado decimosegundo, corresponderá a la vigor en cada momento, se iniciará: a) por petición del
Gerente resolver los expedientes de anulación y interesado, b) de oficio por la propia Universidad.
cancelación de derechos, así como los expedientes de
anulación derivados del procedimiento para la El interesado deberá presentar la solicitud firmada de
gestión de impagos y las devoluciones de ingresos devolución en el Registro, acompañándola con los
declarados indebidos. datos de la cuenta bancaria: IBAN; titular y NIF del
mismo, así como la documentación que acredite
1.2. Corresponderá al Servicio de Información cualquier modificación o anulación de la matrícula.
Contable y Gestión Económica y Financiera (en
adelante SICGEF), de oficio o previa solicitud del Si es procedimiento se inicia a petición de interesado,
servicio u Oficina gestor del ingreso, el registro y los Centros de Gestión o el Servicio de Estudios,
emisión de las anulaciones de ingreso y en particular realizará el informe sobre el expediente de
de los abonos y rectificaciones de facturas de la devolución de derechos académicos, de acuerdo con
Universidad, que tengan como causa errores el modelo que se adjunta en el anexo I acompañado
materiales o de hecho advertidos con anterioridad a del justificante expedido por la aplicación. Este
su inclusión en el procedimiento para la gestión de informe será firmado por el/la responsable que
impagos y previa comprobación de la inexistencia de corresponda, enviándolo después al SICGEF
anticipos presupuestarios pendientes de cancelar, acompañado, en su caso, de las solicitudes de los
realizada por el Servicio de Gestión Presupuestaria y estudiantes.
Patrimonial(SGPP).
Se podrá iniciar de oficio, una vez que se han
1.3. Corresponderá al SICGEF, el registro y procesado las modificaciones de matrícula que
contabilización de las cancelaciones y rectificaciones originan la devolución en el sistema informático de
de ingresos y que tengan por objeto exclusivamente Gestión Académica, se elaborará la relación nominal
la aplicación de la normativa contable con objeto de y la justificación del motivo de la devolución, que
que las cuentas de la universidad muestren la imagen trasladará al SICGEF. En dicha relación nominal se
fiel de su patrimonio, según los principios contables hará constar el NIF, nombre y apellidos del
en vigor. interesado, importe y cuenta bancaria IBAN y la
documentación justificativa del mismo. La cuenta
Artículo 2. Devolución de precios públicos por bancaria (IBAN) en la que se abonará la devolución
estudios oficiales. será la misma que se utiliza para domiciliar el pago de
la matrícula. En el caso de que el estudiante no haya
La devolución de los precios públicos satisfechos por
la prestación de servicios académicos y domiciliado los recibos de matrícula, se le requerirá
administrativos de estudios conducentes a títulos para que aporte los datos de una cuenta bancaria
universitarios oficiales se efectuará en los casos, con donde recibir la devolución.
los requisitos y conforme al procedimiento que se Las causas de devolución se han fijado de forma
establecen en la normativa que se detalla cerrada y se relacionan seguidamente. Cuando la
seguidamente, así como en los apartados causa de devolución no figure entre estas, se
correspondientes a los estudios oficiales de las Bases requerirá informe justificativo previo del Servicio
de Ejecución y funcionamiento del Presupuesto que tramitador:
esté en vigor en el momento de su tramitación.
01 Concesión de Beca
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