Page 297 - 2024 TOMO II (noviembre)
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3. En la práctica, supondrá una misma línea presentarse propuesta de participación en la promoción
presupuestaria, diferenciada funcionalmente por el año de actividades recogidas en el Catálogo del Presupuesto
de finalización de la Actividad PAR o CAR. Participativo Institucional.
2. En el momento de la elaboración del Presupuesto del
Capítulo II: Ejecución Ejercicio siguiente, se tendrá en consideración esta
participación en las decisiones de dotaciones
Artículo 17. Ejecución de cada anualidad presupuestarias en cada una de las actividades recogidas
1. 1. En cada anualidad presupuestaria, se dispondrá en el Catálogo de Presupuesto Participativo vigente.
del crédito concedido para su ejecución en ese ejercicio,
y en su caso, el remanente de crédito no ejecutado en la Disposiciones
actividad PAR o CAR correspondiendo como máximo el
40% de la dotación del ejercicio anterior. Disposición Adicional Primera
2. Al objeto de agilizar la gestión de los créditos El Rector dictará cuantas disposiciones sean necesarias
aprobados y no acumular operaciones en el último para la aplicación y desarrollo de la presente normativa.
trimestre del ejercicio, los gastos que como máximo Asimismo, el/a Gerente podrá establecer cuantas normas
podrán efectuarse en este periodo no podrán ser e instrucciones de carácter económico-administrativo
superiores al 40% del crédito definitivo de la actividad sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la
asociada a remanentes, dotado en cada anualidad en los presente normativa, en el marco de las Bases de
términos establecidos en el artículo 5 de las Bases de Ejecución y Funcionamiento del Presupuesto Vigente; así
Ejecución y Funcionamiento vigentes. como actualizar la catalogación de los tipos de actividades
recogidas en el Anexo VII A.
Artículo 18. Incorporación del Remanente Afectado
Durante el periodo de ejecución de la actividad, en Disposición Adicional Segunda
atención a su carácter afectado a la finalidad concedida, Desde la entrada en vigor de la presente normativa, no
se incorporará el remanente de crédito disponible para podrán proponerse liquidaciones de actividades
continuar su ejecución en el ejercicio siguiente en los finalizadas en el ejercicio 2015 y anteriores, con destino a
términos establecidos en las Bases de Ejecución y centros de gastos Genéricos “GR”.
Funcionamiento del Presupuesto vigentes.
Disposición Transitoria Primera
Capítulo III: Justificación Aquellas normativas propias que se vean afectadas por lo
establecido en la presente, deberán ser actualizadas en
Artículo 19. Justificación Parcial su contenido a ésta.
Durante el periodo de ejecución de la actividad, el
Profesor Responsable de cada actividad PAR o CAR, Disposición Transitoria Segunda
deberá remitir al Vicerrectorado competente, antes del 1 La presente normativa será compatible con las actuales
de febrero del ejercicio siguiente, informe de ejecución normas vigentes en materia de liquidación de créditos
económica de la anualidad anterior de acuerdo al modelo remanentes de actividades formativas en los casos de
que se incorpora en el Anexo V. reedición, así como el tratamiento de los remanentes
derivados de proyectos europeos; requiriendo las
Artículo 20. Justificación Final posteriores actualizaciones del informe favorable previo
Finalizada la ejecución de la actividad de las actividades de Gerencia. En todo caso, podrán solicitarse actividades
PAR o CAR, Pre-PAR o Pre-CAR en su caso, el Profesor PAR-e para proyectos europeos finalizados, en los
Responsable de cada actividad deberá remitir al términos recogidos en el Título IV, sin perjuicio de las
Vicerrectorado competente, antes del 1 de febrero del normas singulares compatibles con ésta; así como CAR
ejercicio siguiente, informe de ejecución económica del para actividades formativas finalizadas.
periodo total de acuerdo al modelo que se incorpora en
el Anexo VI. Disposición Final Primera
La presente normativa tiene carácter básico en todos sus
Capítulo IV: Liquidación y Extinción ámbitos de aplicación.
Artículo 21. Liquidación Definitiva
1. Autorizada por el Vicerrector competente la
justificación final, en los casos de existencia de disponible
de crédito por importe superior a 500,00 Euros, podrá
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