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ANEXO N-XXII: NORMATIVA SOBRE LA GESTIÓN EFICIENTE DEL PROGRAMA DE
               ACTIVIDADES ASOCIADAS A REMANENTES (AR)


               Aprobada por el Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2017.
               Modificado:
               Por el Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 2018.
               Por el Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2022.
               Por el Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2023.

               1. PREÁMBULO                                     establecidas en la convocatoria  que resulte  de
                                                                aplicación. El Plan General de Contabilidad Pública
               1.1.   Evolución    del   Concepto    de         de  2010 mantiene  la regulación  de esta figura
               Financiación Afectada                            contable en idénticos términos a los incluidos en el
                                                                anterior Plan General de Contabilidad Pública de
                                                                1994.
               La normativa reguladora de la actividad financiera   •   La excepcionalidad de  los gastos  con
               de todas las administraciones  públicas establece    financiación  afectada  hace que deban ser
               un principio  general de  desafectación de  los      objeto de un seguimiento específico con una
               ingresos públicos. De este  modo, los ingresos       doble finalidad:
               presupuestarios se  entienden destinados  con
               carácter general a financiar el conjunto de       •   La verificación de que los recursos afectados
               obligaciones derivadas de  la actividad de la        se  utilizan para la realización de los gastos
               administración   pública   correspondiente.          correspondientes.
               Tradicionalmente se permitía la excepcionalidad a   •   El análisis de los efectos que la ejecución de
               este principio, pero siempre que una norma con       estos gastos tiene en la elaboración de dos
               rango de ley así lo estableciera.                    importantes estados financieros (el resultado
               No obstante,  este principio tradicional  ha  ido    presupuestario y el remanente de tesorería),
               teniendo con el tiempo más excepciones,  de tal      ya que el ritmo de ejecución de los gastos y de
               modo que cada vez es más frecuente la existencia     los ingresos presupuestarios que los financian
               de  ingresos de tipo finalista. Esto se debe  a dos   normalmente no será sincrónico.
               motivos fundamentales:
                     • El aumento de las relaciones financieras   1.2.  Tratamiento    del   Remanente
                     interadministrativas, que  motivan que  en   Presupuestario:    Del     Remanente
                     virtud  de  principios  como  el  de       Afectado al Remanente General.
                     subsidiariedad haya unas administraciones
                     que se convierten en brazos ejecutores de
                     las  políticas  públicas  que  otras       En aplicación del artículo 45 de la LEY 1/2015, de 6
                     administraciones financian. El  ejemplo    de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública,
                     prototípico es el de la Unión Europea, que   del Sector Público Instrumental y de Subvenciones
                     realiza cuantiosas aportaciones de recursos   podrán incorporarse los Remanentes de Créditos
                     finalistas a  las  administraciones de los   financiados con ingresos afectados a la realización
                     distintos estados miembros.                de actuaciones determinadas; salvo que se desista
                     •  La aplicación del principio de  prudencia   total o parcialmente  de  iniciar o continuar su
                     financiera para la gestión de determinados   ejecución. No obstante, con la finalización del plazo
                     ingresos.                                  de ejecución  de  la  actividad  Afectada, el crédito
                                                                remanente pierde su carácter de afectación para
                                                                ser considerado Remanente General  de la
               La normativa  contable  define el gasto con      Institución.
               financiación  afectada  como  aquel  gasto
               presupuestario que se financia, en todo o en parte,
               con recursos presupuestarios concretos,  que en   El Remanente de tesorería no afectado, en caso de
               caso de no realizarse el gasto no podrían percibirse,   ser positivo, reflejará la capacidad de la entidad de
               o si se  hubieran percibido, estarían sujetos a  las   financiar nuevos o mayores gastos presupuestarios
               condiciones  de   elegibilidad  y  reintegro     en el ejercicio siguiente. En caso de ser negativo, la



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