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ANEXO  N-X:  NORMATIVAS REGULADORAS DE TÍTULOS PROPIOS Y
               ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL

               HERNÁNDEZ DE ELCHE.

               Aprobado por el Consejo de Gobierno de 8 de noviembre de 2006.

               Modificado:
               Por el Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2007.
               Por el Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de 2008.
               Por el Consejo de Gobierno de 13 de diciembre de 2018.
               Por el Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2020.

               A) TÍTULOS PROPIOS


               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.                           En consonancia con los  cambios normativos
                                                                antedichos, la UMH considera necesario la
               El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el   regulación de una nueva normativa de Títulos
               que se establece la ordenación de las enseñanzas   Propios que responda de una manera ágil y variada
               universitarias oficiales, expresa en su disposición   a esta competencia formativa de las universidades,
               adicional undécima que las universidades, en uso de   adecuando los títulos propios al nuevo escenario
               su autonomía, podrán  impartir enseñanzas        universitario, destacando el  papel estratégico de
               conducentes a la obtención de otros títulos      estos estudios en el marco de la formación a lo largo
               distintos a los títulos oficiales. La expedición de   de la vida.
               estos títulos se realizará del modo que determine la
               universidad, sin que  ni su denominación ni el   CAPÍTULO 1. TÍTULOS PROPIOS.
               formato   en   que   se   confeccionen  los
               correspondientes títulos  puedan inducir a       Artículo 1. Ámbito de aplicación y naturaleza.
               confusión con los títulos oficiales.
                                                                La UMH establece como objeto de la presente
               La  adaptación  de la  estructura de  las enseñanzas   normativa regular las condiciones para la
               universitarias al Espacio Europeo de Educación   impartición de títulos de carácter propio.
               Superior, de acuerdo a la Ley Orgánica 4/2007, de
               12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica   Estas enseñanzas responderán a criterio de interés
               6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y al   científico, cultural, artístico o profesional y no
               Real Decreto 1393/2007 antes indicado; establece   podrán inducir a confusión con los estudios oficiales
               un cambio sustancial en la estructura académica y   universitarios de la UMH.
               metodológica de los títulos universitarios oficiales.
                                                                Artículo 2. Tipología y características de los títulos
               Asimismo, el Real Decreto  1125/2003, de 5 de    propios.
               septiembre, establece el crédito ECTS como unidad
               de medida de los resultados de aprendizajes y del   Los títulos propios de la UMH son las siguientes:
               volumen de trabajo realizado por el estudiante para
               la consecución de  los objetivos previstos en los   2.1. Diploma Superior Universitario.
               estudios.
                                                                Son enseñanzas orientadas a dar respuestas a las
               El artículo 101.1 de los Estatutos de la Universidad   necesidades del entorno económico-social y que no
               Miguel Hernández de Elche indica que en la UMH se   están cubiertas por las titulaciones oficiales.
               imparten enseñanzas “(…) que conllevan a la
               obtención de títulos y diplomas propios, y las que se   Tendrán una carga lectiva entre 30 ECTS y 120 ECTS.
               orientan a la formación de postgrado y la formación
               continua, a través de la especialización,        Para poder cursar estos estudios es  necesaria la
               actualización y perfeccionamiento profesional”.   posesión de los requisitos legalmente establecidos
                                                                de acceso a la universidad.
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