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ANEXO B-VII: REGULACIÓN DE LAS DEVOLUCIONES DE INGRESOS. MODELO DE
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS
Regulación de las devoluciones de ingresos. de Ejecución y funcionamiento del Presupuesto que
esté en vigor en el momento de su tramitación.
Artículo 1. Competencias
2.1). - Devoluciones de precios públicos por servicios
1.1. De conformidad con la Resolución Rectoral académicos de matrículas correspondientes al curso
1353/2021 de delegación de competencias, en su vigente:
apartado decimosegundo, corresponderá a la
Gerente resolver los expedientes de anulación y El proceso de devolución de derechos académicos de
cancelación de derechos, así como los expedientes de matrículas correspondientes al curso académico en
anulación derivados del procedimiento para la vigor en cada momento, se iniciará: a) por petición del
gestión de impagos y las devoluciones de ingresos interesado, b) de oficio por la propia Universidad.
declarados indebidos.
El interesado deberá presentar la solicitud firmada de
1.2. Corresponderá al Servicio de Información devolución en el Registro, acompañándola con los
Contable y Gestión Económica y Financiera (en datos de la cuenta bancaria: IBAN; titular y NIF del
adelante SICGEF), de oficio o previa solicitud del mismo, así como la documentación que acredite
servicio u Oficina gestor del ingreso, el registro y cualquier modificación o anulación de la matrícula.
emisión de las anulaciones de ingreso y en particular
de los abonos y rectificaciones de facturas de la Si es procedimiento se inicia a petición de interesado,
Universidad, que tengan como causa errores los Centros de Gestión o el Servicio de Estudios,
materiales o de hecho advertidos con anterioridad a realizará el informe sobre el expediente de
su inclusión en el procedimiento para la gestión de devolución de derechos académicos, de acuerdo con
impagos y previa comprobación de la inexistencia de el modelo que se adjunta en el anexo I acompañado
anticipos presupuestarios pendientes de cancelar, del justificante expedido por la aplicación. Este
realizada por el Servicio de Gestión Presupuestaria y informe será firmado por el/la responsable que
Patrimonial(SGPP). corresponda, enviándolo después al SICGEF
acompañado, en su caso, de las solicitudes de los
1.3. Corresponderá al SICGEF, el registro y estudiantes.
contabilización de las cancelaciones y rectificaciones
de ingresos y que tengan por objeto exclusivamente Se podrá iniciar de oficio, una vez que se han
la aplicación de la normativa contable con objeto de procesado las modificaciones de matrícula que
que las cuentas de la universidad muestren la imagen originan la devolución en el sistema informático de
fiel de su patrimonio, según los principios contables Gestión Académica, se elaborará la relación nominal
en vigor. y la justificación del motivo de la devolución, que
trasladará al SICGEF. En dicha relación nominal se
Artículo 2. Devolución de precios públicos por hará constar el NIF, nombre y apellidos del
estudios oficiales. interesado, importe y cuenta bancaria IBAN y la
documentación justificativa del mismo. La cuenta
La devolución de los precios públicos satisfechos por bancaria (IBAN) en la que se abonará la devolución
la prestación de servicios académicos y será la misma que se utiliza para domiciliar el pago de
administrativos de estudios conducentes a títulos la matrícula. En el caso de que el estudiante no haya
universitarios oficiales se efectuará en los casos, con domiciliado los recibos de matrícula, se le requerirá
los requisitos y conforme al procedimiento que se para que aporte los datos de una cuenta bancaria
establecen en la normativa que se detalla donde recibir la devolución.
seguidamente, así como en los apartados
correspondientes a los estudios oficiales de las Bases
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