Page 107 - 2024 TOMO II (noviembre)
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ANEXO  B-VI: CRITERIOS A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CIERRE
               PRESUPUESTARIO


               Hacia el final del ejercicio se recomienda indicar a los   Estos pagos se verán afectados por la limitación en
               proveedores que adelanten las facturas de las compras   cuanto a su cuantía establecida para pagos por caja fija
               o los servicios a realizar durante el mes de diciembre   que asciende a 5.000,00 euros (impuestos excluidos).
               o, en su caso, que éstos preparen dichas facturas en el
               ejercicio entrante.                             2.-PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN
                                                               Solicitud de autorización rectoral para imputación de
               Por el artículo 5 de las  Bases de Ejecución  y   gastos de ejercicio anterior a créditos del ejercicio
               Funcionamiento del Presupuesto, el  procedimiento   corriente, en aquellos casos no previstos en el punto 1.
               especial de regularización  se  iniciará mediante   Cualquier otra situación, sin perjuicio de la
               solicitud normalizada de autorización de imputación   responsabilidad directa del Responsable de los
               de gastos contraídos durante el ejercicio anterior,   Créditos, requerirá de su motivación para la
               dirigida al Vicegerente de Asuntos Económicos quien,   extraordinaria aplicación de este procedimiento
               a su vez, la elevará a la Gerente.  Este procedimiento   especial, y autorización de la Gerente.
               tendrá como fecha límite de entrada en Vicegerencia
               la del 31 de marzo de 2024, no aceptándose, en ningún   Al inicio de ejercicio entrante, el Servicio de Gestión
               caso, solicitudes llegadas con posterioridad.   Presupuestaria y Patrimonial, habilitará un
                                                               expediente para cada uno de los apartados del punto
               Se efectuará una incorporación  provisional de   1, así como un expediente para el punto 2; a los que
               remanentes  del 50% sobre  el  Crédito Disponible   se deberá imputar los gastos afectados por estas
               existente en proyectos I+D+I que presenten a 31 de   tramitaciones especiales.
               diciembre un Crédito Disponible superior a 5.000,00
               Euros


               1.-TRAMITACIÓN ESPECIAL DE APERTURA DEL
               EJERCICIO

               Se aceptará en las primeras cajas fijas del ejercicio
               entrante, con fecha límite de entrada en el CEGECA en
               el mes de Marzo (en los términos que se indiquen en
               la Circular de Apertura):

               Facturas por cuantía inferior a 5.000,00 Euros  cuya
               fecha de emisión esté comprendida entre el 25 de
               noviembre y el 31 de diciembre del ejercicio saliente.
               Pagos a personal ajeno por cuantía inferior a 5.000,00
               Euros, cuya fecha de prestación esté comprendida
               entre el 1 y el 31 de diciembre del ejercicio saliente.
               Dietas, liquidaciones y traslados por cuantía inferior a
               5.000,00 Euros cuya fecha de realización esté
               comprendida entre el  15 de noviembre y el 31 de
               diciembre del ejercicio saliente.





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