Page 54 - 2023 TOMO III (OCT)
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2.3. Precios en general:

               Tabla 2

                Volumen de m2                  €/m2

                Hasta 49 m²                     11,5

                      2
                >= 50 m                           11
                      2
                >= 75 m                         10,5
                       2
                >= 100 m                          10
                       2
                >= 150 m                          9
                       2
                >= 200 m                          8

                                                                                          2
               Los precios anteriores incluyen la repercusión de gastos comunes que asciende a 4 euros/m /mes.

               Las estancias equipadas con laboratorio individual tendrán un coste adicional de 50€/mes por cada espacio de
                   2
               50 m .

                2.3.1.  Despacho ubicado en la planta baja de Quorum III (estancia nº 14): 200 €/mes.

                2.3.2.  Despachos ubicados en planta segunda de Quorum III (estancias de 20 m² aprox.): 300 €/mes.

               Bonificaciones:
               Se bonificará el precio público de los apartados 2.3, según los criterios establecidos a continuación:

               Tabla 3


                    Criterio de referencia para   Descuento para empresas spin    Descuento para empresas
                     aplicación de descuento:      off y start up PARTICIPADAS    start up NO participadas
                 Grupo 7 P.G.C. Ventas e Ingresos            UMH                          UMH
                             (1)
                <=25.000€                                    95%                          85%

                25.001€ ‐ 75.000€                            85%                          75%
                75.001€ ‐ 125.000€                           75%                          65%

                125.001€ ‐ 200.000€                          65%                          55%
                200.001€ ‐ 300.000€                          45%                          35%

                300.001€ ‐ 400.000€                          25%                          15%
                400.001€ ‐ 500.000€                          10%                           5%
                >=500.001€                                    0%                           0%


               (1) La cifra de ventas de referencia para la aplicación de este criterio se obtendrá de los importes de las cuentas anuales, cuando existan, o
               de la estimación razonable presentada por la compañía.





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