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ANEXO T-XVII: PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y
SERVICIOS DEL PARQUE CIENTÍFICO DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL
HERNÁNDEZ
Todos los precios aquí indicados no llevan el IVA incluido.
START UP: Tendrán la consideración de start up, a efectos de aplicación de los presentes precios
públicos, las sociedades de capital que cumplan con los siguientes requisitos:
(a) Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no haya transcurrido más de
cinco años desde su constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de
biotecnología, energía e industriales.
(b) No haber surgido de una operación de fusión, escisión o, transformación. Los términos
concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
(c) Tener su sede social o establecimiento permanente en España.
(d) No distribuir ni haber distribuido dividendos.
(e) No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.
SPIN OFF: tendrán la consideración de spin off, a efectos de aplicación de los presentes precios públicos,
las empresas innovadoras y/o nacidas para la explotación del resultado de la UMH.
A. GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
1.‐ COWORKING:
100 €/mes por puesto (coworking de Innova).
125 €/mes por puesto (coworking del CIEB).
Fianza: Se deberá abonar una mensualidad (sin aplicación de bonificaciones) en concepto de fianza. Se abonará
una única fianza por empresa o grupo de promotores, con independencia del número de usuarios del coworking.
La contratación del coworking incluye también la prestación de los servicios de EMPRESA ASOCIADA.
El uso de los laboratorios comunes (ya sea los Laboratorios del CIEB o el Laboratorio de Prototipado) no está
incluido en el precio del coworking, sino que deberá abonarse separadamente conforme al precio
correspondiente, de acuerdo con los presentes precios públicos (Ver apartado 4 – POR USO DE LOS
LABORATORIOS).
Las empresas premiadas en el programa de creación de empresas o que participen en los programas de
aceleración o de diseño se producto disfrutarán del uso del coworking, sin coste alguno ‐ a excepción de la fianza,
que deberá abonarse al momento de suscribir el contrato ‐, durante el periodo de tiempo establecido en las
bases reguladoras de dichos programas o en el contrato de participación que se suscriba al efecto (máximo 1
año). Transcurrido este período, se deberá presentar un plan de viabilidad a la FUMH para que la FUMH que
decida su continuidad o no en el coworking, en cuyo caso se facturará el importe que corresponda conforme a
lo establecido en los presentes precios públicos.
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