Page 112 - 2023 TOMO II (OCT)
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FUNCIONAL  DESCRIPCIÓN           COSTES INDIRECTOS     DISTRIBUCIÓN COSTES INDIRECTOS
                                               Norma General: 10,7%   25% Dpto./Inst., 25% IP,
                                               Norma Especial: coste indirecto   50% Vicerrectorado Competente (excluido el 0,7%, que será
                                               específico fijado por organismo
              541      Investigación Científica y Técnica            revertido  anualmente  para  impulsar  actividades  de
                                               concesor.             Cooperación al Desarrollo).


                                               Norma General: 10,7%
                                               Norma Especial: coste indirecto
                                               específico fijado por organismo
                                               concesor.
                                               Contratos  en  los  que  la  25% Dpto./Inst., 25% IP,
                                               titularidad  de  los  resultados  50% Vicerrectorado Competente (excluido el 0,7%, que será
                                               sean propiedad de la empresa:  revertido  anualmente  para  impulsar  actividades  de
                       Investigación   Aplicada   y
              542                              13,2%                 Cooperación al Desarrollo).
                       Transferencia           Cátedra  de  Empresa:  el  que
                                               corresponda  en  función  de  la
                                               naturaleza  de  las  actividades
                                               que se estén financiando
                                               Cátedra de Mecenazgo: 0%
                                               Derechos Patentes:    1/3 Dpto. /Inst.
                                               30%                   2/3 Vicerrectorado Competente

            (*): Resultarán de aplicación, con carácter supletorio a lo establecido en el punto 3.1. “Aplicación Preferente”, salvo autorización del reconocimiento
            establecido en el punto 3.3. “Aplicación Reducida”.





















































               112 | Página                     Presupuesto
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