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de 12 de abril, por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de En el caso de que una empresa de base tecnológica
Universidades. UMH desee obtener una licencia para la explotación
de patentes y/o otros derechos de propiedad
En estos casos, la UMH puede celebrar contratos con industrial o intelectual y/o conocimientos titularidad
sus Empresas de Base Tecnológica, siempre y cuando de la UMH y dado que la Universidad Miguel
se estipulen los derechos y obligaciones de cada Hernández de Elche es socia de la misma se
parte, tanto en la ejecución como sobre los resultados establecerá un procedimiento basado en la
del mismo. Asimismo, cuando sea de aplicación, se concurrencia competitiva de interesados, en el que se
tendrá que respetar lo que establezca la normativa garantice una difusión previa adecuada del objeto y
reguladora de la subvención. Dicho contrato deberá condiciones de la misma, que podrá realizarse a
ser aprobado por el Consejo de gobierno de la través de las páginas institucionales mantenidas en
Universidad para evitar la existencia de conflicto de internet por la entidad titular del derecho. En dicho
interés, antes de la firma del contrato por parte de la procedimiento deberá asegurarse, asimismo, el
UMH con la Empresa de Base Tecnológica. secreto de las proposiciones y la adjudicación a la
proposición económicamente más ventajosa. Dicho
De las transmisiones de derechos sobre los proceso se regirá por los principios reguladores del
resultados de la actividad investigadora de la TRLCSP, que se establecerá en el correspondiente
Universidad Miguel Hernández de Elche a Empresas proceso selectivo.
de Base Tecnológica UMH.
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