Page 245 - 2022 TOMO III(modif.1)
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parte  del  grupo  de  investigación  al  que   De la contratación de Empresas de Base Tecnológica
               pertenece,  se  requerirá  que  estos  contratos  sean   por la Universidad Miguel Hernández de Elche por
               aprobados por la Junta General de Accionistas de la    medio de Contratos sometidos al TRLCSP
               Empresa de Base tecnológica UMH que contrata para
                                                               La  celebración  de  contratos  por  parte  de  la
               evitar la auto contratación por existencia de conflicto
                                                               Universidad Miguel Hernández de Elche se regirá por
               de interés, antes de la firma del contrato por parte de
                                                               el TRLCSP
               la UMH con la empresa.
                                                               Las  empresas  de  base  tecnológica  UMH  podrán
                                                               participar en expedientes de contratación, salvo que
               De la colaboración del PDI socio de empresa de base
                                                               incurran en alguna limitación prevista en el TRLCSP y
               tecnológica UMH con terceras empresas
                                                               en particular:
               Si  la  colaboración  con  otras  entidades  o  personas   a)  Personal  Docente  e  investigador  con
               físicas establecida bajo el marco del artículo 83 de la   vinculación  permanente   que  ostente  una
               LOU  requiere  la  utilización  por  parte  del  PDI  de   participación  superior  al  10  por  100  en  el
               conocimientos  o  capacidades  relacionadas  con  la   capital de la Empresa de Base Tecnológica y no
               actividad de la empresas de base tecnológica UMH se   haya solicitado al Consejo de Gobierno de la
               requerirá que la Junta General de Accionistas de la    Universidad  Miguel  Hernández  de  Elche  el
               Empresa  de  Base  tecnológica  UMH  autorice  la    levantamiento   de   la   incompatibilidad
               realización de dicha  colaboración por  parte  del  PDI   establecida en el artículo 12.1 apartado d)  de
               con la empresa tercera, antes de la firma del contrato   la  Ley  53/1984,  de  26  de  diciembre,  de
               por parte de la UMH con la empresa tercera.          incompatibilidades del personal al servicio de
                                                                    las Administraciones públicas, en virtud de la
               No podrán ser objeto de autorización los contratos   Disposición  adicional  vigésimo  cuarta  de  la
               con terceras empresas que supongan la utilización del   LOMLOU
               objeto de la licencia, tanto de la que ha dado lugar a   La  prohibición  se  extiende  igualmente,  a  los
               la creación de la empresa de base tecnológica como   cónyuges,  personas  vinculadas  con  análoga
               de cualquiera que se licencia posteriormente, en el   relación   de   convivencia   afectiva   y
               caso de que esta fuese en exclusiva.                 descendientes  de  las  personas  a  que  se
                                                                    refieren los párrafos anteriores, siempre que,
               De la contratación de Empresas de base Tecnológica
                                                                    respecto  de  los  últimos,  dichas  personas
               UMH por la Universidad Miguel Hernández de Elche
                                                                    ostenten su representación legal.
               Al  ser  la  Universidad  Miguel  Hernández  una
               Universidad Pública es una entidad cuyos contratos   b)  Personal  Docente  e  investigador  que
               están sometidos al TRLCSP según se establece en el   desempeñan,  por  sí  o  persona  interpuesta,
               artículo 3 de la misma.                              cargos  de  todo  orden  en  Empresas  o
                                                                    Sociedades  concesionarias,  contratistas  de
               De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del   obras, servicios o suministros, arrendatarias o
               TRLCSP  son  contratos  de  sector  público,  y      administradoras  de  monopolios,  o  con
               consecuentemente están sometidos a la presente ley   participación  o  aval  del  sector  público,
               en  la  forma  y  términos  previstos  en  la  misma,  los   cualquiera que sea la configuración jurídica de
               contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza   aquellas.
               jurídica, si bien en el artículo 4 del TRLSCP se regulan
               los  contratos  y  negocios  excluidos  del  ámbito  de   La  prohibición  se  extiende  igualmente,  a  los
               aplicación de la misma                               cónyuges,  personas  vinculadas  con  análoga
                                                                    relación   de   convivencia   afectiva   y
                                                                    descendientes  de  las  personas  a  que  se
                                                                    refieren los párrafos anteriores, siempre que,
                                                                    respecto  de  los  últimos,  dichas  personas
                                                                    ostenten su representación legal.


               238 | Página                     Presupuesto
   240   241   242   243   244   245   246   247   248   249   250