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f) Intereses de demora asociados a la devolución de los fondos no ejecutados al organismo financiador, bien
por la no ejecución de los mismos o por su incorrecta justificación. Estas contingencias serán cubiertas por el
Fondo, salvo apreciación de responsabilidades.
investigación por imperativo de norma legal. Estas
g) Devoluciones de retribuciones detraídas al contingencias serán cubiertas en primera
Personal Investigador o de apoyo a la
h) instancia con los fondos previamente reintegrados por el personal o con cualquier otro derecho pendiente
de liquidar a su favor; subsidiariamente, previa acreditación de crédito incobrable, responderá el Fondo de
Contingencia en situaciones debidamente autorizadas.
No obstante, lo establecido anteriormente, en situaciones de urgencia motivadas podrá atenderse
anticipadamente la contingencia desde el Fondo, sin perjuicio de los procedimientos internos posteriores de
compensación cuando sea de aplicación.
3.-Dotación del Fondo
3.1.‐Dotación Inicial
El Fondo de Contingencia recibirá una dotación en 2015 de 77.415,29 €, en concepto de reversión del 12,5% de
los ingresos recaudados en concepto de costes indirectos por actividades de investigación, reconocidos al
vicerrectorado competente durante los ejercicios 2012, 2013, y 2014:
Importe
Contribución
Obtenida por % Importe
Años la UMH Reversión Reversión
2012 151.451,48 12,5% 18.931,44
2013 142.326,05 12,5% 17.790,76
2014 325.544,81 12,5% 40.693,10
3.2.‐ Mantenimiento del Fondo.
En la fase de elaboración del Presupuesto anual, en atención a la cuantía disponible en el Fondo y previo informe
de los reintegros financiados en el periodo, se aprobará el porcentaje a aplicar sobre los ingresos recaudados en
concepto de costes indirectos por actividades de investigación, reconocidos al vicerrectorado competente.
Así, de cada ingreso recibido en la UMH por actividades de investigación susceptibles de compensar a la
Universidad por contribución a costes indirectos, sobre los que se vienen distribuyendo un 50% a los costes
generales de la Universidad, que son reconocidos al vicerrector competente, un 25% a GI de la Unidad Orgánica,
y un 25% a GI del Director de la actividad; revertirá anualmente al Fondo de Contingencia el porcentaje de los
costes indirectos acordado según el siguiente detalle:
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