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final del periodo, 30 de septiembre del año en Directos necesarios para la prestación del
curso). servicio o entrega del bien.
Para la realización del estudio de costes, habrá de
tenerse en cuenta, respecto de los gastos de Indirectos que resulten de aplicación, en
inversión en función de la cuenta del Plan General concepto de contribución a costes indirectos
Contable, los porcentajes de amortización de los según la normativa vigente, publicada en el
bienes, siendo los más significativos: Anexo XVIII de las Normas de Ejecución y
Funcionamiento del Presupuesto.
PGCP Descripción Porcentaje
Como criterio general, una factura externa
APLICACIONES
206 25% íntegramente derivada a una misma partida
INFORMÁTICAS
214 MAQUINARIA 12% presupuestaria, debe ser imputada directamente en
214 UTILLAJE 12% ésta como factura externa y no revertirse como
216 MOBILIARIO 15%
EQUIPOS PARA PROCESOS factura interna desde el centro de facturación al
217 25%
DE INFORMACIÓN centro de gasto.
ELEMENTOS DE
218 16%
TRANSPORTE
OTRO INMOBILIZADO En cuanto a los documentos de facturación, los
219 15%
MATERIAL
Centros de Facturación habilitados que presten
servicios o entreguen bienes, procederán a la
5.‐ CARÁCTER PRIORITARIO: emisión:
La autorización de los Centros de Facturación Documentos de Ingresos de Cargos Interno
resultará necesaria, con carácter previo a la elaborados a través de UXXI‐Económico.
codificación de Centros de Gastos que se consideren Facturas Internas, según modelo recogido en el
necesarios asignar para la realización de las Anexo VI de las Normas de Ejecución y
Funcionamiento del Presupuesto vigente.
actividades autofinanciadas.
Autorizado centro de gasto que habilite la prestación 7.‐INFORME:
de la actividad, procedería la aprobación de Tasas o
Precios Públicos que resulten de aplicación. Anualmente se remitirá informe de los Centros de
Facturación habilitados, al Consejo de Gobierno, y al
Consejo Social, conjuntamente con el proyecto de
6.‐ GASTOS FINANCIABLES:
presupuesto anual.
Asociado a un centro de facturación habrá siempre
8.‐NORMA BÁSICA:
al menos un centro de gasto donde se imputarán las
facturas relacionadas con sus costes. Únicamente
La presente normativa tendrá carácter básico en su
podrán liquidarse con cargo a la recaudación de los
aplicación, pudiendo ser desarrollada, modificada, o
ingresos por la emisión de facturas, los costes:
derogada, por acuerdo del Consejo Social, a
propuesta del Consejo de Gobierno.
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