ARTÍCULO 94: DEPÓSITOS Y FIANZAS RECIBIDAS.
Comprende los ingresos derivados de la constitución
de depósitos y fianzas ante la Universidad. Su
desarrollo por conceptos es el siguiente:
CONCEPTO 940: DEPÓSITOS.
94000: Depósitos.
CONCEPTO 941: FIANZAS.
94100: Fianza.
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