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generación y difusión de conocimiento  en ámbitos   La descripción de las actividades a desarrollar.
               especializados de amplia repercusión social y de interés
               para la  Universidad. En ellas se pueden realizar   La duración del convenio siguiendo las condiciones
               actividades de formación, investigación y desarrollo y/o   establecidas en el artículo 6 del presente Reglamento.
               divulgación.
                                                               La adscripción de la Cátedra a un departamento o

               ARTÍCULO 3. Iniciativa y Procedimiento de creación    instituto.
               Las Cátedras Institucionales se crearán a iniciativa  del   Los órganos de la Cátedra, de acuerdo con el artículo 8I
               Rector quien la propondrá al Consejo de Gobierno para   del presente Reglamento.
               su aprobación. Los términos aplicables a la creación de   Las condiciones económicas, de acuerdo con el artículo
               estas  Cátedras  quedarán  recogidos  en   el   14 del presente Reglamento.
               correspondiente Acuerdo de aprobación del Consejo de
               Gobierno, según se detalla en el artículo 4.    Las condiciones de difusión de la existencia de la Cátedra
                                                               y del uso de la imagen de la Universidad.
               Las Cátedras de Empresa o de Mecenazgo se crearán a
               iniciativa de un miembro del personal docente e   El cumplimiento de las  normativas internas de la
               investigador (PDI), perteneciente a los cuerpos docentes   Universidad que resulten de aplicación.
               con   vinculación  permanente,  adscrito  a  un
               Departamento o Instituto  de la UMH. Este miembro   Adicionalmente, el Convenio de creación de las Cátedras
               actuará como promotor durante el proceso de     de Empresa deberá contener, al menos, las condiciones
               tramitación de la propuesta de creación de la Cátedra y   de confidencialidad sobre las actividades de la Cátedra y
               será la persona de contacto y responsable de la   el régimen de titularidad y explotación, si procede, de los
               propuesta mientras se constituya formalmente la   derechos de Propiedad Industrial y/o Intelectual.
               Cátedra.
                                                                El Convenio de Creación de las Cátedras de Mecenazgo
               La propuesta deberá dirigirse al Vicerrectorado con   reflejará el carácter desinteresado de la aportación de la
               competencias en transferencia de conocimiento para su   empresa o entidad colaboradora y, en particular, se hará
               valoración, debiendo formalizarse la creación de la   constar que la titularidad respecto de los derechos de
               Cátedra  mediante  la suscripción del  correspondiente   Propiedad Industrial y/o Intelectual corresponderá a la
               Convenio de creación entre la UMH y la/s entidad/es y   UMH.
               cuya aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de
               la Universidad. Con carácter previo a su aprobación, se    El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de
               solicitará informe al Director del departamento o   Mecenazgo será suscrito por el Rector de la Universidad
               instituto al que vaya a quedar adscrita la Cátedra.   y por los representantes de las otras entidades con
                                                               poderes suficientes para la firma del convenio.
               Las Cátedras de Empresa y de Mecenazgo quedarán
               adscritas al departamento o instituto al que pertenezca   ARTÍCULO 5. Administración y gestión del Convenio de
               su Director o, en caso de que éste sea personal externo a   creación
               la UMH, su Codirector.                          La OTRI es el servicio administrativo encargado de las

                                                               gestiones para la constitución de las Cátedras de Empresa
               ARTÍCULO 4. Contenidos del Acuerdo de aprobación y del
               Convenio de creación                            o de  Mecenazgo. Su  personal está al  servicio  de la
                                                               comunidad universitaria para informar y asesorar sobre
               El Acuerdo de aprobación de las Cátedras Institucionales   cualquier aspecto relacionado con estas Cátedras y para
               detallará, al menos, su objeto, actividades, financiación,   elaborar su Convenio de creación.
               estructura y funcionamiento.

               El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de
               Mecenazgo deberá incluir, al menos,  los siguientes
               aspectos:


               130 | P á gi na                  Presupuesto
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