Page 301 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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ANEXO  XXIX:  NORMATIVA  DE  HABILITACIÓN  DE  CENTROS  DE
               FACTURACIÓN


               1.- CONCEPTO                                    del Servicio, Oficina o Unidad, deberá presentar
                                                               memoria  de  la  actividad  por  la  que  resultará
               Los  Centros  de  Facturación  habilitan  para  la   necesaria  la  facturación,  con  el  siguiente
               emisión  de  facturas,  internas  y  externas,  por  la   contenido:
               entrega de bienes o prestación de servicios.
                                                                     Descripción de la Actividad a Realizar.
               2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN                              Informe  de  necesidad  de  la  actividad,
                                                                      que  motive  su  finalidad  y  los  objetivos
                      2.1. General:                                   que se persiguen alcanzar.
                                                               3.2. Autorización:
                      Será  de  aplicación  a  los  Servicios,
                      Unidades,  y  Oficinas  de  la  Universidad   Corresponderá   la   competencia   para   su
                      Miguel   Hernández,   que   requieran    autorización, al Vicerrector con competencias en
                      facturar  por  la  entrega  de  bienes  o   materia económica.
                      prestación  de  servicios,  tanto  a  la
                      Comunidad    Universitaria,   como   a   4.- OBLIGACIONES DEL CENTRO
                      Clientes Externos a la Universidad.      DE FACTURACIÓN

                      2.2. Particular:                         Anualmente,  antes  del  10  octubre,  deberá

                                                               remitirse a Gerencia, informe de seguimiento de
                      En  los  supuestos  de  realización  de
                      trabajos de carácter científico, técnico o   actividad con el siguiente contenido:
                      artístico; así como para el desarrollo de      Relación   de   Centros   de   Gastos
                      enseñanzas    de   especialización   o          vinculados al Centro de Facturación.
                      actividades  específicas  de  formación,       Relación  de  Artículos  o  Servicios
                      para  los  que  resulte  de  aplicación  el     ofertados, con indicación de los Precios
                      artículo 83 de la LOU; la aprobación del        Autorizados, y detalle de los Costes. En
                      Centro  de  Gasto  otorgará  directamente       el   momento   de   elaboración   del
                      la   autorización   del   Centro   de           presupuesto,   podrá   proponerse   la
                      Facturación, asignándose la codificación        actualización  de  los  precios  públicos  o
                      correspondiente  a  la  Unidad  Orgánica        tasas,  que  se  consideren  de  aplicación
                      del  Vicerrectorado  que  autoriza  la          para el ejercicio siguiente.
                      actividad.                                     Relación de Facturas emitidas, indicando
                                                                      su situación de cobro.
                      La  presente  normativa  únicamente
                      resultará  de  aplicación  a  este  tipo  de       En  su  caso,  Inventario  de  Artículos  a
                      actividades,  en  lo  establecido  en  el       fecha de 30 de septiembre (relacionando
                      presente punto 2.2.                             el  stock  inicial  del  periodo,  30  de
                                                                      septiembre año anterior; y el stock final
               3.-  HABILITACIÓN  DE  CENTROS                         del  periodo,  30  de  septiembre  del  año
                                                                      en curso).
               DE FACTURACIÓN
                                                               5.- CARÁCTER PRIORITARIO:
               3.1. Solicitud:

               Con  carácter  previo  a  la  entrega  de  bienes  o   La  autorización  de  los  Centros  de  Facturación
               prestación de servicios,  el  Director Responsable   resultará necesaria, con carácter previo a:



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