Page 285 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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incluye cambios respecto
a ediciones anteriores
4. Presentación de los expedientes La Secretaría del Consejo remitirá al Rector
el certificado de cada curso, antes de diez
Una vez aprobado por el Consejo de
Gobierno, el Rector remitirá al Consejo días desde la fecha de celebración del Pleno
Social, con suficiente antelación respecto al o Comisión en quien se delegara esta
inicio previsto del curso, la documentación competencia.
para cada curso mencionada en el punto Una vez emitido el certificado, en caso de querer
anterior, con el fin de que éste apruebe, en modificar, antes de la realización del curso, un
su caso, las tasas correspondientes precio público, tasa académica, pago a
profesores o cualquier otra condición
5. Criterios para la resolución de los
expedientes. económica, ya aprobada por el Consejo Social, el
Rector dirigirá al Presidente del Consejo Social
La resolución de los expedientes se una copia del certificado de aprobación del
ajustará a los siguientes criterios: Consejo de Gobierno, junto a la memoria
a. Autofinanciación del curso: El curso justificativa del cambio.
deberá garantizar su autofinanciación, de Mientras no estén aprobadas las tasas, y si
acuerdo a lo recogido en la Normativa las fechas del curso así lo exigen, podrá
reguladora de los estudios propios de la publicitarse el mismo indicando que está
Universidad Miguel Hernández de Elche.
“pendiente de aprobación de tasas por el
b. Número de estudiantes: El número de Consejo Social”.
estudiantes para los diferentes estudios En aquellos casos de urgencia que lo
propios se ajustará a lo recogido en la requiera, se podrán realizar reuniones
Normativa reguladora de los estudios “virtuales” a través de correo electrónico, en
propios de la Universidad Miguel las que los vocales recibirán la
Hernández de Elche.
documentación de cada curso, y
c. Precio hora lectiva del profesorado: pronunciarse sobre la aprobación de las
tasas del mismo.
Entre 50 y 150 euros por hora,
para los estudios propios de
diploma superior universitario,
máster, especialista y experto.
Entre 40 y 100 euros por hora
para estudios propios de
especialización y
perfeccionamiento.
d. Subvenciones: las subvenciones públicas
o privadas, o ayudas económicas externas,
deben ser debidamente justificadas,
acompañando el convenio a la información
del curso, en su caso.
6. Expedición de certificados.
El Consejo Social emitirá un certificado del
acuerdo de la Comisión de Asuntos
Académicos, de aprobación de las
correspondientes tasas de los estudios
propios o talleres de extensión universitaria.
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