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ANEXO T-XVII: PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y

               SERVICIOS DEL PARQUE CIENTÍFICO DE  LA  UNIVERSIDAD MIGUEL
               HERNÁNDEZ


               Todos los precios aquí indicados no llevan el IVA incluido.

               START UP: Tendrán la consideración de start up, a efectos de aplicación de los presentes precios públicos, las
               sociedades de capital que cumplan con los siguientes requisitos:


                   (a)  Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no haya transcurrido más de cinco años
                      desde su constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía
                      e industriales.
                   (b)  No haber surgido de una operación de fusión, escisión o, transformación. Los términos concentración o
                      segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
                   (c)  Tener su sede social o establecimiento permanente en España.
                   (d)  No distribuir ni haber distribuido dividendos.
                   (e)  No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.

               SPIN OFF: tendrán la consideración de spin off, a efectos de aplicación de los presentes precios públicos, las
               empresas innovadoras y/o nacidas para la explotación del resultado de la UMH.


               A. GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS

               1.- COWORKING:

                 •   104,86 €/mes por puesto, sin uso de laboratorio de coworking del QIII.
                 •   131,07 €/mes por puesto, con uso de laboratorio de coworking del QIII.

               Los precios indicados incluyen la prestación de servicios de datos básico (20 Mbps de bajada y 20 Mbps de
               subida), así como el consumo eléctrico. Así mismo se adecuará el espacio con el mobiliario necesario para el uso
               de la actividad.

               Fianza: Se deberá abonar una mensualidad (sin aplicación de bonificaciones) en concepto de fianza. Se abonará
               una única fianza por empresa o grupo de promotores, con independencia del número de usuarios del coworking.

               El uso de los laboratorios comunes (ya sea los Laboratorios  de uso común  del CIEB o el Laboratorio de
               Prototipado) no está incluido en el precio del coworking, sino que deberá abonarse separadamente conforme al
               precio correspondiente, de acuerdo con los presentes precios públicos (Ver apartado 4 – POR USO DE LOS
               LABORATORIOS).

               Las empresas premiadas en  el programa de creación de empresas o que participen en los programas de
               aceleración o de diseño del producto, se les bonificará al 100% el coste del uso del coworking, sin coste alguno -
               a excepción de la fianza, que deberá abonarse al momento de suscribir el contrato - durante el periodo de tiempo
               establecido en las bases reguladoras de dichos programas o en el contrato de participación que se suscriba al
               efecto (máximo 1 año). Transcurrido este período, se deberá presentar un plan de viabilidad a la FUMH para que


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