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ANEXO: Reglamento de gestión de facturación interna y derivación de Costes/Compras a
usuarios internos demandantes de servicios del Servicio de Experimentación Animal
Artículo 1. Ámbito de aplicación
El presente reglamento establece las bases de la gestión de la facturación interna de los servicios ofrecidos por el
Servicio de Experimentación Animal, en adelante SEA, a los usuarios internos de la Universidad Miguel Hernández
de Elche. Los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA a otros centros de investigación públicos (Organismos
Públicos de Investigación) y a usuarios externos, seguirán el mismo procedimiento de solicitud que para los usuarios
internos, si bien en estos casos corresponderá la emisión de la oportuna factura externa.
Artículo 2. Facturación
La emisión de facturas internas se aplicará tanto a los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA, así como para la
distribución de medicamentos provenientes de compras centralizadas de medicamentos. En ningún caso, las
facturas por adquisiciones a solicitud de personal con perfil investigador de la UMH o adscrito a la misma, serán
repercutidas en facturas internas. Las facturas de los proveedores serán derivadas íntegramente a la unidad
solicitante, para su imputación en el centro de gasto correspondiente.
Artículo 3. Solicitudes
La solicitud de servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA se realizarán, en todo caso, a través de la aplicación de
solicitud de animales internos habilitada en la página web de gestión del SEA (http://gsea.umh.es), que requerirá
de la introducción de usuario y contraseña. En el caso específico de las solicitudes comprendidas en el artículo 4.3
del presente Reglamento, será necesario aportar junto con la solicitud, el expediente de reserva de crédito
correspondiente al Contrato Menor que la unidad solicitante deberá haber grabado en UXXI-CC, para asegurar la
dotación económica y la tramitación de la factura del proveedor con cargo a la unidad/proyecto de investigación
solicitante; salvo existencia de Acuerdo Marco para estas necesidades de adquisiciones.
El SEA debe controlar la entrada y salida de animales, así como tener la seguridad de disponer del espacio y cubrir
los requerimientos de bienestar de los animales, por lo que la solicitud de animales de origen externo, debe
realizarse a través de la aplicación indicada como animales externos, señalando el origen de los animales deseados.
Artículo 4. Tipología
La facturación y la derivación de costes del SEA se estructura en tres niveles:
1. Los servicios y/o artículos del SEA, consisten en el suministro de animales criados y mantenidos en las
instalaciones del SEA, así como por la realización de procedimientos experimentales, por los cuales procede emisión
de factura interna/externa.
2. Las compras centralizadas de medicamentos implican la facturación por medicamentos y productos que
requieren de receta veterinaria para su uso en animales. El SEA tiene la obligación legal de disponer de un botiquín
de productos médicos para su uso en los animales de experimentación y controlar su dispensación a los distintos
usuarios. La adquisición de medicamentos y productos médicos en lotes grandes facilita a los usuarios tanto el
acceso a los medicamentos como su obtención a un precio competitivo.
3. Las compras repercutidas consistentes en la adquisición a solicitud del personal con perfil investigador de la UMH
o adscrito a la misma, de animales obtenidos a través de proveedores comerciales, cuando por no criarse en las
instalaciones del SEA, o requerir una cantidad inalcanzable en el sistema habitual de cría, se precisa recurrir a dichos
proveedores. Una vez llegados los animales a las instalaciones del SEA, la factura del coste de los mismos será
remitida al solicitante para su tramitación, con una carta que indique la fecha de solicitud, la referencia de pedido
del SEA, y la necesidad de que dicho gasto se tramite desde la unidad/proyecto de investigación solicitante.
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