Page 173 - 2025 TOMO II
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a)  Será el Rector o Vicerrector en quién delegue la   del  Conocimiento,  Modernización  y  Coordinación
                  competencia para la aprobación de los convenios   Administrativa,  Control  Interno  y  Jurídico,  tanto
                  financiados con fondos procedentes del PRTR, así   telefónicamente  como  a  través  de  sus  correos
                  como  de  aquellos  que,  sin  conllevar  gasto,   electrónicos corporativos.
                  establezcan  acuerdos  con  Administraciones
                  Públicas,  organismos  públicos  y  entidades  de
                  derecho público vinculados o dependientes, o las
                  Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
                  derecho  privado  para  la  gestión,  colaboración  o
                  difusión de los proyectos financiados a través del
                  PRTR.
               b)  En caso de que se inicie en el ejercicio corriente la
                  tramitación  de  expedientes  de  convenios
                  financiados  con  fondos  procedentes  del  PRTR,
                  pero su ejecución presupuestaria no vaya a tener
                  lugar hasta el ejercicio siguiente u otros ejercicios
                  posteriores,   será   posible   su   tramitación
                  anticipada,  a  través  de  los  correspondientes
                  documentos  contables,  pudiendo  llegar  hasta  la
                  fase de formalización del convenio en el ejercicio
                  corriente, sin necesidad de efectuar ningún pago
                  en el ejercicio corriente.
           2. En el caso de financiación con cargo a fondos PRTR de
           proyectos gestionados por entidades privadas a través de
           convenios, la articulación de dicha financiación deberá ir
           vinculada al cumplimiento de los objetivos previstos en el
           PRTR, así como a la estimación de costes vinculada a los
           mismos.



           Artículo 13. Publicación
           La  presente  Circular  nº  2/2023  dictada  con  carácter  de
           urgencia, se publicará en la Página Web de la Universidad
           Miguel  Hernández  de  Elche,  dándose  cuenta  por  correo
           electrónico  a  la  comunidad  universitaria,  así  como  en  el
           portal de transparencia de acuerdo con lo previsto en la Ley
           19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
           información pública y buen gobierno; y en la Ley 1/2022, de
           13  de  abril,  de  Transparencia  y  Buen  Gobierno  de  la
           Comunitat Valenciana.


           En  todo  lo  referente  a  cualquier  asunto  o  materia  no
           contemplada  en  la  presente  circular,  se  estará  a  lo
           dispuesto  en  las  BEFP,  los  Estatutos  de  la  UMH  y  las
           normativas estatales o autonómicas que correspondan.

           Para  cualquier  aclaración  o  consulta  sobre  la  presente
           Circular pueden dirigirse a los Servicios de Información
           Contable  y  Gestión  Económica  y  Financiera,  Gestión
           Presupuestaria y Patrimonial, Gestión de la Contratación,
           Planificación y Seguimiento de la Contratación, Servicio
           de Gestión de la Investigación/Servicio de Transferencia

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