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ANEXO N-XXVII:  REGLAMENTO DE GESTIÓN DE BIENES  MUEBLES  EN DESUSO  DE  LA
               UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE


               PREÁMBULO                                         El presente reglamento, elaborado por la
                                                                 Gerencia, será presentado por el Rector para su
               Para la elaboración de este Reglamento, se han    propuesta por  el Consejo de  Gobierno, y
               tenido en cuenta la legislación siguiente:
                                                                 aprobación por el Consejo Social, conforme a lo
                     Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del        establecido en el artículo 122.4 de los Estatutos
                   Patrimonio de las AAPP. Artículos 142,        de la Universidad Miguel Hernández de Elche,
                   143.3, 145 y apartado b) del artículo         según el cual:  “El Consejo de Gobierno,
                   137.4.                                        determinará reglamentariamente, teniendo en
                     Ley 14/2003, de 10 de abril, de            cuenta     las     disposiciones    legales
                   Patrimonio de la Generalitat Valenciana.      correspondientes, la regulación del inventario y
                   Artículos 85, 93 y apartados 2,3,4 y 5 del
                   artículo 9.                                   la forma en la cual los aparatos y bienes
                     Estatutos de la UMH, artículo 122.4        inventariables que hayan quedado inutilizables
                     Bases de Ejecución y funcionamiento        y obsoletos, puedan darse de baja  en  el
                   del Presupuesto, artículo 35.                 inventario   de   la   Universidad   y   los
                                                                 procedimientos de enajenación, de conformidad
               La Universidad Miguel Hernández de Elche, en
               adelante  UMH,  entre  los  objetivos  que        con lo establecido en la legislación de
               persigue, reconoce  en  el  artículo 2.c) de sus   Contratación de las Administraciones Públicas.
               Estatutos que: “La vinculación con su entorno     Dicho reglamento será autorizado  por el
               para mejorar las condiciones de vida de los       Consejo Social.”
               ciudadanos a los que sirve, colaborando en su
               desarrollo socio-  económico y cultural y en la   Este reglamento se regirá por los principios de
               calidad medioambiental”.                          concurrencia, transparencia y publicidad.

               Dentro de las actuaciones encaminadas a su
               cumplimiento, se enmarca la elaboración de
               este reglamento, cuyo fin es facilitar la gestión
               de  aquellos  bienes  muebles  que  ya  han
               satisfecho sus necesidades, bienes muebles en
               desuso (en adelante BMD)  que siendo de
               titularidad de la Universidad Miguel Hernández
               de Elche, puedan ser destinados a otros usos
               tanto en la propia Universidad, como  en
               beneficio de la sociedad, o en su caso,
               garantizar la  retirada sostenible y respetuosa
               con el medio ambiente.

               Son bienes muebles, los definidos en el artículo
               6 del Reglamento de gestión patrimonial e
               inventario de bienes de la UMH (material
               informático, mobiliario, material de laboratorio,
               maquinaria, así como cualquier otro de análoga
               naturaleza).
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