Page 119 - 2024 TOMO I-V2
P. 119

Décimo. - En el caso de producirse cualquier alteración, modificación o creación de Unidades Orgánicas
               con presupuesto propio, el  responsable  de su gestión presupuestaria  será el que designe este Rectorado.
               Igualmente, en el caso de cese en su cargo de las personas en las que se delega, por razón del mismo, el Rector
               designará al nuevo responsable de la gestión presupuestaria afectada.

                      Undécimo. - En el caso de habilitación de nuevas partidas presupuestarias, será responsable de la gestión
               presupuestaria de los créditos el cargo responsable de la Unidad Orgánica, o en su caso el expresamente indicado
               en la modificación presupuestaria que apruebe la dotación presupuestaria.

                      Duodécimo. - Serán responsables de la gestión presupuestaria de los créditos generados por mayores
               ingresos obtenidos de acuerdos de investigación realizados al amparo del Art. 60 de la Ley Orgánica del Sistema
               Universitario 2/23 y análogos, los que en cada caso establezcan dichos acuerdos.



                                                        EL RECTOR
                                                Firmado electrónicamente por:
                                                   Juan José Ruiz Martínez


























































                                                        2024                     119 | P ág in a
   114   115   116   117   118   119   120