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ANEXO N‐XXVIII: REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS VEHÍCULOS PROPIEDAD DE LA UMH
Artículo 1: El presente Reglamento establece el uso desperfectos en el vehículo o a casos fortuitos o
de los vehículos propiedad de la UMH. de fuerza mayor.
e) Conducir el vehículo con el mayor cuidado y
Artículo 2: Los vehículos deberán contar con un prudencia, manteniendo una actitud seria y
distintivo visible consistente en el logotipo y texto de responsable en el desempeño de sus funciones.
la UMH. f) Asegurarse de que el vehículo lleve las
herramientas y dispositivos de seguridad
Artículo 3: Los vehículos se utilizarán exclusiva y necesarios, así como los repuestos respectivos.
estrictamente en actividades oficiales y propias de la Además, deberá revisar previo a la utilización del
UMH, según la vinculación del usuario en cada caso, mismo, los lubricantes, frenos, dirección, luces,
no pudiendo incluir dentro del transporte a personas combustible, agua del radiador y batería, presión
ajenas a la Universidad, salvo que las tareas a cumplir de neumáticos, así como cualquier otro aspecto
así lo exijan y estén debidamente autorizados. fundamental para el buen funcionamiento del
vehículo e informar, en su caso, a la UMH de
Artículo 4: El vehículo será conducido únicamente por cualquier irregularidad detectada. (Tlf. Incidencias
el personal autorizado en la solicitud previa. UMH: 966658863, 965222178).
g) No ceder la conducción del vehículo a personas no
Artículo 5: Podrán utilizar los vehículos: el PDI y PAS, autorizadas, salvo situaciones excepcionales de
ambos en servicio activo, y los alumnos en práctica fuerza mayor o causas sobrevenidas.
formativa vigente, previa autorización del tutor h) Mantener el vehículo en lugar seguro durante la
correspondiente. realización del viaje.
Artículo 9: El vehículo se entregará con el depósito
Artículo 6: El personal que requiera el uso de los
vehículos UMH, deberá realizar la solicitud telemática lleno de combustible, y se devolverá de la misma
de reserva debidamente cumplimentada manera, siendo el origen y el destino de los vehículos
(https://reservadebienes.umh.es/) y esperar el parking junto al edificio Rectorado y Consejo Social.
confirmación de la misma por parte del Servicio de
Artículo 10: Las infracciones al presente Reglamento
Gestión Presupuestaria y Patrimonial, que podrá
requerir previamente al usuario para su subsanación. por el personal solicitante, serán sancionadas con la
suspensión del derecho de uso de los vehículos de la
Artículo 7: Las solicitudes de reserva deberán UMH durante un mínimo de seis meses y un máximo
de dos años.
presentarse con al menos un día de antelación y un
10.1. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
máximo de 15 días al uso del vehículo, salvo casos de
emergencia o por causas sobrevenidas. Patrimonial podrá denegar justificadamente
7.1: La reserva de los vehículos se realizará día a cualquier solicitud que no reúna las condiciones
día, salvo excepciones que lo justifiquen. descritas en el artículo 3.
Artículo 11: Responsabilidades en caso de accidente:
Artículo 8: Serán obligaciones de los usuarios:
a) Asegurarse de que el vehículo permanezca en el
a) Estar en posesión del permiso de conducir B. El
incumplimiento de esta disposición, hará lugar del accidente, con el motor apagado y
adoptando todas las medidas de seguridad que
responsable al conductor de toda causa civil o
resulten convenientes, no pudiendo separarse
penal en caso de accidente, sin perjuicio de las
del vehículo por ningún motivo, salvo que sus
responsabilidades administrativas y disciplinarias
que pudieran derivar. condiciones físicas producto del accidente no se
b) Informar de cualquier irregularidad cometida lo permitan.
b) Avisar a la Guardia Civil de Tráfico, a la compañía
sobre cualquier accidente o infracción del Código
de seguros y a la UMH lo antes posible. (Tf.
de Circulación.
Incidencias UMH: 966658863, 965222178).
c) Informar de cualquier avería que se aprecie en el
vehículo. c) Caso de colisión con otro vehículo, anotar el
d) Hacerse cargo de las multas por infracciones a las número de matrícula y a ser posible datos del
conductor del vehículo colisionado, así como los
leyes de Tráfico, salvo que éstas se deban a
datos de posibles testigos presencial.
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