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ANEXO: Reglamento de gestión de facturación interna y derivación de
               Costes/Compras a usuarios internos demandantes de servicios del Servicio

               de Experimentación Animal


               Artículo 1. Ámbito de aplicación

               El presente reglamento establece las bases de la gestión de la facturación interna de los servicios
               ofrecidos por el Servicio de Experimentación Animal, en adelante SEA, a los usuarios internos de la
               Universidad Miguel Hernández de Elche.

               Los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA a otros centros de investigación públicos (Organismos
               Públicos de Investigación) y a usuarios externos, seguirán el mismo procedimiento de solicitud que
               para los usuarios internos, si bien en estos casos corresponderá la emisión de la oportuna factura
               externa.

               Artículo 2. Facturación

               La emisión de facturas internas se aplicará tanto a los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA, así
               como  para  la distribución  de medicamentos  provenientes  de  compras centralizadas  de
               medicamentos.

               En ningún caso, las facturas por adquisiciones a solicitud de personal con perfil investigador de la
               UMH o adscrito a la misma, serán repercutidas en facturas internas. Las facturas de los proveedores
               serán derivadas íntegramente  a la unidad solicitante, para  su imputación en  el centro de gasto
               correspondiente.

               Artículo 3. Solicitudes

               La solicitud de servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA se realizarán, en todo caso, a través de la
               aplicación de solicitud de animales internos habilitada en la página web de gestión del SEA
               (http://gsea.umh.es), que requerirá de la introducción de usuario y contraseña.

               En el caso específico de las solicitudes comprendidas en el artículo 4.3 del presente Reglamento, será
               necesario aportar junto con la solicitud, el expediente de reserva de crédito correspondiente  al
               Contrato Menor que la unidad solicitante deberá haber grabado en UXXI-CC, para asegurar la
               dotación económica y la tramitación de la factura del proveedor con cargo a la unidad/proyecto de
               investigación solicitante; salvo existencia de Acuerdo Marco para estas necesidades de adquisiciones.

               El SEA debe controlar la entrada y salida de animales, así como tener la seguridad de disponer del
               espacio y cubrir los requerimientos de bienestar de los animales, por lo que la solicitud de animales
               de origen externo, debe realizarse  a través de  la  aplicación indicada como animales externos,
               señalando el origen de los animales deseados.

               Artículo 4. Tipología

               La facturación y la derivación de costes del SEA se estructura en tres niveles:

               1. Los servicios y/o artículos del SEA, consisten en el suministro de animales criados y mantenidos en
               las instalaciones del SEA, así como por la realización de procedimientos experimentales, por los cuales
               procede emisión de factura interna/externa.




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