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ANEXO:  Reglamento  de  gestión  de facturación  interna  y  derivación  de

               Costes/Compras a usuarios internos demandantes de servicios del Servicio de
               Experimentación Animal


               Artículo 1. Ámbito de aplicación

               El presente reglamento establece las bases de la gestión de la facturación interna de los servicios ofrecidos
               por el Servicio de Experimentación Animal, en adelante SEA, a los usuarios internos de la Universidad
               Miguel Hernández de Elche.


               Los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA a otros centros de investigación públicos  (Organismos
               Públicos de Investigación) y a usuarios externos, seguirán el mismo procedimiento de solicitud que para
               los usuarios internos, si bien en estos casos corresponderá la emisión de la oportuna factura externa.

               Artículo 2. Facturación

               La emisión de facturas internas se aplicará tanto a los servicios y/o artículos ofrecidos por el SEA, así como
               para la distribución de medicamentos provenientes de compras centralizadas de medicamentos.

               En ningún caso, las facturas por adquisiciones a solicitud de personal con perfil investigador de la UMH o
               adscrito a la misma, serán repercutidas en facturas internas. Las facturas de los proveedores serán derivadas
               íntegramente a la unidad solicitante, para su imputación en el centro de gasto correspondiente.

               Artículo 3. Solicitudes

               La  solicitud  de  servicios  y/o  artículos  ofrecidos  por  el  SEA  se  realizarán,  en  todo  caso,  a  través  de  la
               aplicación  de  solicitud  de  animales  internos  habilitada  en  la  página  web  de  gestión  del  SEA
               (http://gsea.umh.es), que requerirá de la introducción de usuario y contraseña.

               En el caso específico de las solicitudes comprendidas en el artículo 4.3 del presente Reglamento, será
               necesario aportar junto con la solicitud, el expediente de reserva de crédito correspondiente al Contrato
               Menor que la unidad solicitante deberá haber grabado en UXXI-CC, para asegurar la dotación económica
               y la tramitación de la factura del proveedor con cargo a la unidad/proyecto de investigación solicitante;
               salvo existencia de Acuerdo Marco para estas necesidades de adquisiciones.

               El SEA debe controlar la entrada y salida de animales, así como tener la seguridad de disponer del espacio
               y cubrir los requerimientos de bienestar de los animales, por lo que la solicitud de animales de origen
               externo, debe realizarse a través de la aplicación indicada como animales externos, señalando el origen de
               los animales deseados.


               Artículo 4. Tipología

               La facturación y la derivación de costes del SEA se estructura en tres niveles:

               1. Los servicios y/o artículos del SEA, consisten en el suministro de animales criados y mantenidos en las
               instalaciones del SEA, así como por la realización de procedimientos experimentales, por los cuales procede
               emisión de factura interna/externa.






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