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ANEXO T-XXV: TASAS ACADÉMICAS ESTUDIANTES VISITANTES UMH
Los estudiantes visitantes, independientemente de su procedencia o nacionalidad, deberán abonar las
siguientes tasas:
- Tasas académicas:
Visitantes procedentes de universidades con convenio vigente con la UMH: precio público, según
Decreto por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos
universitarios en la Comunidad Valenciana, multiplicado por 1,5.
Otros visitantes: precio público, según Decreto por el que se fijan las tasas a satisfacer por la
prestación de servicios académicos universitarios en la Comunidad Valenciana, multiplicado por 2.
- Tasas administrativas (apertura de expediente y expedición de tarjeta universitaria): las especificadas
en el Decreto por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos
universitarios en la Comunidad Valenciana para el resto de estudiantes universitarios.
- Tasas de gestión: 150 €. Este concepto incluirá obligatoriamente el pago por parte de la UMH de un
seguro médico y de accidentes con cobertura durante toda su estancia en la UMH.
En aquellos casos de interés institucional apreciado por el Vicerrector de Relaciones Internacionales, éste
podrá proponer al órgano competente para su aprobación, una reducción del 40% en las tasas académicas
de los estudiantes visitantes procedentes de universidades con convenio vigente. Esta reducción no se
aplicará en los conceptos de tasas administrativas ni tasas de gestión.
Los estudiantes visitantes de nacionalidad española, que se encuentren en alguno de los supuestos de
exención a que se refiere el artículo 148 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, disfrutarán de exenciones y bonificaciones en los términos y
condiciones establecidas en el mencionado artículo.
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