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Infraestructuras” de este Anexo.    La Fundación analizará la petición y autorizará, en su caso, un calendario de
               pagos.   En la medida de lo posible, la deuda se tendrá que atender dentro del mismo ejercicio económico en
               que se genere, salvo que nazca en el último trimestre del año.   En este caso el calendario de pagos debería no
               extenderse más allá del primer trimestre del ejercicio siguiente.


               Disposición Transitoria

                  1.    Aplicación de una reducción transitoria sobre los precios públicos recogidos en éste anexo, para el
                        fomento y reactivación de la actividad de las empresas alojadas en Parque Científico, afectadas por las
                        medidas adoptadas durante el periodo de alarma decretado por el COVID-19.
                  2.    Sólo se podrán acoger a esta medida las empresas vinculadas con el Parque Científico que:
                           a)   No se hayan acogido a moratoria alguna en el pago de la renta, o,
                           b)   Habiéndose acogido a moratoria en el pago de la renta, la misma se ajuste a las condiciones
                                establecidas por el Parque Científico, recogidas en la Disposición Adicional recogida en el
                                apartado anterior.
                  3.    La  cuantía  de  esta  reducción  transitoria  se  calculará,  atendiendo  al  porcentaje  de  bajada  de  la
                        facturación media mensual que hayan sufrido las empresas durante el tiempo que dure el estado de
                        alarma, y con el tope máximo del 75% al precio de cesión de uso de espacios y servicio de datos de las
                        empresas durante el periodo de duración del estado de alarma; resultando de aplicación a las facturas
                        correspondientes a los meses de junio y siguientes, hasta la finalización de la cuantía a descontar por
                        la FUMH, aportándose informe específico de aplicación, en la Liquidación Anual de la Encomienda
                        vigente.
                  4.    Esta reducción de los precios públicos, supondrá una reducción en los costes de la Encomienda de
                        Gestión del Parque (Partida Presupuestaria del Estado de Gastos 0000/32211/22800), por el mismo
                        importe  en  que  se  reduzcan  las  previsiones  de  ingresos  (  0000/39999  “Ingresos  de  Gestión
                        Encomienda del Parque FUMH”) recogidos en el presupuesto de la Universidad Miguel Hernández de
                        Elche para el 2020, debiéndose garantizar la estabilidad presupuestaria, en la liquidación de la vigente
                        Encomienda de Gestión gestionada por la FUMH.









































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