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ANEXO XXXII: “PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE LOS
GASTOS PLURIANUALES Y GASTOS DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA (ARTÍCULO
32)”
Gastos de carácter plurianual. por el Rector hasta el máximo del 20%,
debiéndose informar en la siguiente sesión
1. Podrán adquirirse compromisos de gastos que del Consejo de Gobierno y del Consejo Social.
hayan de extenderse a ejercicios posteriores
siempre que su ejecución se inicie en el propio Se considerarán autorizadas con la firma y
ejercicio. trámite de los documentos contables
correspondientes de gestión del gasto que se
2. La autorización o realización de los gastos de incorporen al expediente de contratación,
carácter plurianual se subordinará a los las necesidades de reprogramación que
créditos que, para cada ejercicio, se consignen cumplan las siguientes condiciones:
al efecto en el Presupuesto de la Universidad.
(1) No superen el importe total de la línea en su
3. Para la realización de estos gastos, se horizonte plurianual (correspondiente al
procederá según su naturaleza, en los términos ejercicio corriente y a la totalidad de los
siguientes: ejercicios posteriores de ejecución).
(2) No superen los gastos a ejecutar en el
Gastos de Inversiones: Siempre que la ejecución ejercicio corriente.
cumpla los importes de la Planificación Plurianual
de Inversiones, se realizarán automáticamente los Debiéndose incluir en la Programación
Documentos de ejercicios Posteriores. Para Plurianual del ejercicio siguiente que se
realizar un gasto futuro no previsto en la apruebe conjuntamente con el Presupuesto
programación plurianual, o previsto por importe anual, la reprogramación autorizada en el
menor, requerirá actualización previa de la ejercicio corriente.
Programación Plurianual por el Consejo Social, a
propuesta del Consejo de Gobierno.
4. Para los gastos financiados con fondos propios
Gastos Corrientes: Directamente el Responsable de la Universidad, se pueden contraer
de la Partida Presupuestaria, podrá autorizar los compromisos de gasto plurianuales que hayan
Documentos de ejercicios Posteriores que de extenderse a ejercicios posteriores a aquél
permita mantener la prestación o suministro en que se autoricen, en los siguientes
corrientes de ejercicios futuros, siempre que no supuestos:
supere el importe anual por el que se viniere
a) Inversiones y transferencias de capital. Serán
ejecutando. Aquellos gastos no previstos, o
superiores a los aprobados en presupuesto inicial, objeto de consideración para su tramitación
deberán ser autorizados por el Consejo Social, a plurianual los Expedientes de Inversiones
propuesta del Consejo de Gobierno. cuya ejecución prevista supere el ejercicio
corriente, en el marco de la Programación
No obstante, tanto para Gastos de Plurianual vigente.
Inversiones como para Gastos Corrientes, b) Contratos de suministro y de servicios
podrán tramitarse las necesidades de crédito que no puedan ser estipulados o que
a autorizar que no superen el 10% de resulten antieconómicos por plazo de un
incremento anual sobre la dotación anual año. Serán objeto de consideración para
prevista, o en casos de urgencia autorizada su tramitación plurianual los Expedientes
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