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ANEXO XXII: CRÉDITOS FINANCIACIÓN GENERAL Y FINALISTAS

               A)  De  Financiación  General  (No  afectados  o  No   periodos  contables  a  los  que  se  extienda  su
               Finalistas):  Son  Aquellos  créditos  financiados  por   ejecución.
               ingresos no afectados a un fin determinado      d)  Los  ingresos  afectados  deberán  aplicarse,
                                                               necesariamente  a  la  financiación  de  la  unidad  de
               B)  De  Financiación  Finalista  (Afectados):  estos   gasto a las que se destinan, de modo tal que de no
               efectos  se  identificará  como  un  gasto  con   realizarse aquélla no se recibirían dichos recursos o,
               financiación afectada a toda aquella unidad de gasto   en su caso, la entidad ejecutora quedaría obligada a
               -bien  por  su  naturaleza  o  condiciones  específicas,   su  devolución  o,  previo  acuerdo  de  los  agentes
               bien  como  consecuencias  de  convenios  entre  la   económicos que los hubiesen aportado, a aplicarlos
               entidad responsable de su ejecución y cualesquiera   a otras unidades de gasto de similar naturaleza.
               otras entidades, de carácter público o privado- que
               se financie, en todo o en parte, mediante recursos   e)  El  registro  contable  y  la  correspondiente
               concretos que en el caso de no realizarse el gasto   imputación  presupuestaria  de  los  derechos  y
               presupuestario  no  podrían  percibirse  o,    si  se   obligaciones  que  se  deriven  de  la  ejecución  de  un
               hubiesen  percibido,  deberían  destinarse  a  la   gasto  con  financiación  afectada  se  efectuarán  de
               financiación  de  otras  unidades  de  gasto  de  similar   acuerdo  con  los  criterios  de  reconocimiento  e
               naturaleza o, en su caso, ser objeto de reintegro a los   imputación  fijados  por  la  presente  Normativa
               agentes que lo aportaron.                       Presupuestaria,  y  las  condiciones  específicas
                                                               aplicables a cada actividad.

               Las  notas  características  de  todo  gasto  con
                                                               f)  Se  entenderá  por  período  de  ejecución  de  todo
               financiación  afectada  podemos  resumirlas  en  las
                                                               gasto con financiación afectada el lapso de tiempo
               siguientes:
                                                               transcurrido  entre  el  primero  y  el  último  acto  de
               a) El gasto con financiación afectada, en el entorno   gestión que se realicen en relación con el mismo, ya
               de  las  administraciones  públicas,  es  una  figura  de   procedan dichos actos del presupuesto de gastos o
               carácter presupuestario.                        del  de  ingresos,  cualquiera  que  sea  el  número  de
                                                               períodos contables que abarque.
               b) Todo gasto con financiación afectada implica una
               unidad  de  gasto  presupuestario,  codificado   g) Siempre debe existir una relación explícita entre la
               mediante el Centro de Gasto, cualquiera que sea, y   unidad de gasto a la que se afecten determinados
               un conjunto de recursos presupuestarios específicos   recursos  y  dichos  recursos  afectados  a  su
               asociados a su financiación.                    financiación,  relación  que  únicamente  puede
                                                               fundamentarse, bien en una disposición normativa,
               c)  La  unidad  de  gasto  a  cuya  financiación  se   bien en un convenio entre la entidad ejecutora del
               encuentran  afectados  ciertos  recursos  debe  ser   gasto a financiar y el agente o agentes concedentes
               susceptible de identificación, en términos genéricos   de los recursos afectados a la misma.
               o específicos, de conformidad con los criterios que se
               establezcan en cada caso, en todos y cada uno de los


















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