Page 144 - 2020-TomoII (V7)
P. 144

existan causas suficientemente justificadas,   Artículo 8. Dirección.
                      previa petición razonada del proponente del
                      título propio.                           a)  El director de un título propio será el responsable
                                                                  de  todos  los  aspectos  que  conciernen  al
               Artículo 6. Aprobación.                            desarrollo del mismo.

                  Los títulos propios de la UMH serán aprobados   b)  El director deberá ser un profesor de la UMH para
                   por  el  Consejo  de  Gobierno  de  la  UMH  a   el  caso  de  Títulos  propuestos  por  Facultades,
                   propuesta del vicerrectorado con competencias   Escuelas,  institutos  de  Investigación  y  Centros
                   en  materia  de  estudios,  debiendo  incorporar   Propios  de  la  UMH.  En  el  caso  de  centros
                   presupuesto  de  la  actividad  que  garantice  su   adscritos o asociados, el director del título será el
                   autofinanciación.                              director del centro.

                  El Consejo Social de la UMH aprobará los precios   c)  Las funciones del director son:
                   públicos de matriculación de los títulos propios,
                   con carácter general, con el Presupuesto Anual         Presentar la propuesta de los estudios
                   en el que resulten de aplicación.                      conducentes a la obtención  del título
                                                                          correspondiente,   conforme   al
                  Las modificaciones que se puedan producir, una         procedimiento normalizado al efecto.
                   vez  aprobado  el  título  propio,  se  deberán        Proporcionar  al  servicio  a  cuyo  cargo
                   justificar  ante  el  vicerrectorado  competente.  El   esté  la  gestión  de  los  títulos  propios
                   vicerrectorado   informará   de    estas               cualquier tipo de información que éste
                   modificaciones  al  Consejo  de  Gobierno,  en  su     le solicite, así como la establecida en el
                   caso.                                                  procedimiento  de  gestión  de  los
                                                                          títulos.
                  La realización de nuevas ediciones de títulos ya       Coordinar  y  responsabilizarse  de  la
                   aprobados requerirá la comunicación del director       gestión académica.
                   del estudio propio al Vicerrectorado competente.       Admitir a los estudiantes de acuerdo a
                   El  Vicerrectorado  autorizará  una  nueva  edición    los  criterios  establecidos  en  esta
                   informando al Consejo de Dirección y al Director       normativa y en la memoria académica
                   del Título Propio.                                     del título.
                                                                          Gestionar el presupuesto del título, de
                  La  realización  de  nuevas  ediciones  de  títulos    acuerdo  con  las  normas  de  ejecución
                   propios ya aprobados, en los que se produzcan          presupuestaria de la universidad.
                   cambios en los precios públicos de matrícula, en       Firmar  las  actas  de  las  asignaturas
                   el plan de estudios o el profesorado, se regirán       impartidas por profesorado externo.
                   por el procedimiento establecido para las nuevas       Resolver  los  reconocimientos  de
                   propuestas.                                            créditos.
                                                                          Asegurar  la  calidad  de  la  docencia  y
               Artículo 7. Aplazamiento y anulación de los                realizar  su  evaluación  conforme  a  las
               estudios.                                                  normas establecidas al efecto.
                                                                          Presentar  una  memoria  final  en  el
               A.  El  director  de  un  estudio  propio  deberá          modelo  normalizado  en  la  que  se
                   comunicar al servicio administrativo competente        indique,  al  menos,  los  resultados
                   el  aplazamiento  o  anulación  del  mismo             académicos, el balance detallado de la
                   argumentando  el  motivo  de  tal  decisión.  El       gestión  económica,  la  liquidación  del
                   período de aplazamiento no puede ser superior a        presupuesto  y  el  inventario  de  los
                   12  meses  desde  la  fecha  de  inicio  prevista.     bienes adquiridos, en su caso.
                   Pasado este período el estudio propio tendrá la
                   consideración de estudio anulado.
                                                               Artículo 9. Profesorado.
               B.  Los  estudios  propios  que  se  hayan  anulado
                   durante dos años consecutivos por baja demanda   a)  Los profesionales o expertos acreditados en
                   no se ofertarán en el curso siguiente.             la materia ajenos a la UMH podrán impartir
                                                                      docencia  en  títulos  propios  siempre  que
               CAPÍTULO 3. DIRECCIÓN Y PROFESORADO.



               144 | P á g i n a                                 Presupuesto
   139   140   141   142   143   144   145   146   147   148   149