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ANEXO XXIX: NORMATIVA DE HABILITACIÓN DE CENTROS DE
FACTURACIÓN
1.- CONCEPTO Con carácter previo a la entrega de bienes o
prestación de servicios, el Director Responsable del
Los Centros de Facturación habilitan para la Servicio, Oficina o Unidad, deberá presentar
emisión de facturas, internas y externas, por la memoria de la actividad por la que resultará
entrega de bienes o prestación de servicios. necesaria la facturación, con el siguiente contenido:
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Descripción de la Actividad a Realizar.
Informe de necesidad de la actividad, que
2.1. General: motive su finalidad y los objetivos que se
persiguen alcanzar.
Será de aplicación a los Servicios, 3.2. Autorización:
Unidades, y Oficinas de la Universidad
Miguel Hernández, que requieran facturar Corresponderá la competencia para su
por la entrega de bienes o prestación de autorización, al Vicerrector con competencias en
servicios, tanto a la Comunidad materia económica.
Universitaria, como a Clientes Externos a la
Universidad. 4.- OBLIGACIONES DEL CENTRO DE
FACTURACIÓN
2.2. Particular:
Anualmente, antes del 10 octubre, deberá remitirse
En los supuestos de realización de trabajos
de carácter científico, técnico o artístico; así a Gerencia, informe de seguimiento de actividad
como para el desarrollo de enseñanzas de con el siguiente contenido:
especialización o actividades específicas Relación de Centros de Gastos vinculados
de formación, para los que resulte de al Centro de Facturación.
aplicación el artículo 83 de la LOU; la Relación de Artículos o Servicios
aprobación del Centro de Gasto otorgará ofertados, con indicación de los Precios
directamente la autorización del Centro de Autorizados, y detalle de los Costes. En el
Facturación, asignándose la codificación momento de elaboración del
correspondiente a la Unidad Orgánica del presupuesto, podrá proponerse la
Vicerrectorado que autoriza la actividad. actualización de los precios públicos o
tasas, que se consideren de aplicación
La presente normativa únicamente
resultará de aplicación a este tipo de para el ejercicio siguiente.
actividades, en lo establecido en el Relación de Facturas emitidas, indicando
presente punto 2.2. su situación de cobro.
En su caso, Inventario de Artículos a fecha
3.- HABILITACIÓN DE CENTROS DE de 30 de septiembre (relacionando el
FACTURACIÓN stock inicial del periodo, 30 de septiembre
año anterior; y el stock final del periodo,
30 de septiembre del año en curso).
3.1. Solicitud:
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