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realizada por el Rector, de acuerdo al artículo 108 especialización y Técnico Universitario en cualquier
de los Estatutos de la UMH. momento del curso académico.
2. Las Facultades y Escuelas, Departamentos e Aprobación de las propuestas de cursos.
Institutos de la UMH, con el acuerdo previo de sus
órganos rectores, pueden proponer la solicitud de 1. Los Estudios Propios de la UMH serán
implantación de cualquier tipo de enseñanzas aprobados por el Consejo de Gobierno de la UMH,
establecidas en esta normativa, salvo los Estudios previo informe del Vicerrector Adjunto de
Propios de Diploma Superior Universitario, Ordenación Académica y Estudios para la
Diplomas de especialización y Técnico Innovación Docente y la Formación Continua y no
Universitario. Las propuestas serán elevadas al Presencial (VAID), y a propuesta del Vicerrector de
Vicerrector de Ordenación Académica y Estudios Ordenación Académica y Estudios.
mediante el procedimiento establecido al efecto.
2. El Consejo Social fijará las tasas de
Propuestas de realización de los estudios propios. matriculación de los cursos, más la retribución de
los profesores y del director de cada título a
1. Las propuestas de realización de los estudios propuesta del Consejo de Gobierno de la UMH.
propios se presentarán de acuerdo con el
procedimiento que se establecerá a tal efecto. 3. Las modificaciones que se puedan producir,
2. Las propuestas de Estudios Propios se regirán una vez aprobado el curso, se deberán justificar
por lo establecido en este reglamento y las ante el VAID, quien elevará la propuesta al Consejo
directrices que establezca el Vicerrector de de Gobierno, vía el Vicerrector de Ordenación
Ordenación Académica y Estudios. Académica y Estudios para su aprobación si
3. Se podrá recabar del proponente o procede.
proponentes de los estudios propuestos la 4. La realización de nuevas ediciones de cursos ya
información suplementaria que se estime aprobados no requerirá la presentación de nuevas
pertinente. propuestas si no hay cambios, siendo necesario
Plazos para la presentación de estudios propios. únicamente la comunicación del director del
estudio propio al VAID y el informe favorable de
1. Las propuestas de realización de los estudios éste.
de Título Propio de Diploma Superior Universitario,
Máster, Especialista Universitario y Experto 5. La realización de nuevas ediciones de cursos ya
Universitario, deberán presentarse entre los meses aprobados, en los que se produzcan cambios, se
de enero y febrero del año natural para su regirán por el procedimiento establecido para las
comienzo en el del curso académico en el cual nuevas propuestas.
tendrá lugar su realización.
Aplazamiento y anulación de los títulos.
2. Los Cursos de Perfeccionamiento y de
Especialización Profesional deberán presentarse 1. El Director de un título deberá comunicar al
con una antelación de 60 días con respecto a la Servicio a cuyo cargo está la gestión de los estudios
fecha de comienzo de los mismos. propios el aplazamiento o anulación del mismo,
argumentando el motivo de tal decisión.
3. El Vicerrector de Ordenación Académica y
Estudios podrá poner en marcha los Diplomas de
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