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por la que se establecen medidas de lucha febrero del ejercicio siguiente, siempre y cuando
contra la morosidad en las operaciones el mismo se haya ejecutado con normalidad y en
comerciales y a lo dispuesto por el Reglamento su integridad (año natural) con especificación de
General de recaudación, aprobado por R.D. las obligaciones reconocidas y no satisfechas el
939/2005, de 29 de julio. 31 de diciembre del ejercicio que se liquida, así
como de los créditos pendientes de cobro y de
5. El interés de demora será el que se determine
por la legislación estatal sobre la materia. la existencia en Caja en la misma fecha.
De acuerdo con el Art. 126 del Decreto
6. No se practicará liquidación por interés de
demora cuando la cantidad resultante por este 208/2004, de 8 de octubre, del Consell de la
concepto sea inferior a la cifra que fije la Gerente Generalitat, por el que se aprueban los Estatutos
como mínima para cubrir el coste de su exacción de la Universidad Miguel Hernández, rendirá
y recaudación. cuenta de los resultados del ejercicio económico
mediante la Cuenta General anual. Corresponde
7.- La gestión recaudatoria en periodo ejecutivo aprobar, con carácter previo al trámite de
de aquellos recursos de derecho público de la rendición de cuentas ante la Intervención
Universidad Miguel Hernández, se derivará a General de la Generalidad Valenciana o ante la
cualquiera de las Administraciones Públicas con Sindicatura de Cuentas u otros órganos que se
competencias en este ámbito, mediante la establezca, las cuentas anuales de la
suscripción del correspondiente Convenio entre Universidad.
ambas, en el mismo se determinará el ámbito de
aplicación, las funciones de cada administración, La elaboración de la Cuenta General anual
el procedimiento aplicable en cada caso, el coste corresponde al Gerente, bajo la dirección del
del servicio, los sistemas de liquidación y Rector, que la someterá al Consejo de Gobierno,
transferencia de fondos y la vigencia del mismo. y contendrá la liquidación presupuestaria, los
“ estados financieros anuales y sus anexos.
Aprobada por éste, será presentada al Consejo
ARTÍCULO 35: Enajenación de Bienes Social para su aprobación definitiva, y
posteriormente se hará pública.
La enajenación directa de los bienes muebles
obsoletos o deteriorados por el uso, cuyo valor Una vez liquidado el Presupuesto, los ingresos
no supere 6.000,00 Euros por unidad, podrá ser provenientes de ejercicios anteriores, que no
autorizada por el Rector, debiendo efectuarse la tengan consignación en el Capítulo
correspondiente notificación al Servicio de correspondiente de ejercicios cerrados, se
Gestión Presupuestaria y Patrimonial, para aplicarán al concepto correspondiente del
proceder a dar de baja el bien enajenado. ejercicio corriente.
La enajenación de los muebles obsoletos o Si como resultado de la liquidación del ejercicio
deteriorados cuyo valor supere 6.000,00 euros, se produjera un Remanente Genérico positivo,
deberá ser autorizada por el Consejo de podrá aplicarse mediante modificación de
Gobierno. créditos autorizada por el Rector, según lo
dispuesto en el artículo 6º y siguiente de esta
Normativa.
ARTÍCULO 36: Liquidación del Presupuesto
La liquidación del Presupuesto de cada ejercicio
se efectuará antes del último día del mes de
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