Page 118 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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MIGUEL SÁNCHEZ
7000.- DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ENERGÍA DIRECTOR DPTO.
LOZANO
FRANCISCO JOSÉ DEL
7200.- DEFENSOR UNIVERSITARIO DEFENSOR UNIVERSITARIO
CAMPO GOMIS
VICERRECTOR DE
7300.- VICERRECTORADO DE TECNOLOGÍAS DE LA FEDERICO BOTELLA
TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN BEVIA
INFORMACIÓN
Noveno.- La gestión de los créditos asignados en los puntos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo de
la presente resolución, podrá ser ejercida indistintamente por el Vicerrector de Economía y Empresa en
situaciones de necesidad, o suplencia del órgano competente delegado.
Décimo.- En el caso de producirse cualquier alteración, modificación o creación de Unidades Orgánicas
con presupuesto propio, el responsable de su gestión presupuestaria será el que designe este Rectorado.
Igualmente, en el caso de cese en su cargo de las personas en las que se delega, por razón del mismo, el Rector
designará al nuevo responsable de la gestión presupuestaria afectada.
Undécimo.- Asimismo, serán responsables de la gestión presupuestaria de los créditos generados por
mayores ingresos obtenidos de acuerdos de investigación realizados al amparo del Art. 83 de la Ley Orgánica de
Universidades 6/01 y análogos, los que en cada caso establezcan dichos acuerdos.
Duodécimo.- En virtud de lo establecido en su artículo 101 apartado 6, serán responsables de las
Unidades Funcionales con competencia para la adjudicación de contratos menores, los recogidos en el Anexo I
de esta Resolución, con efectos sobre la planificación a financiar con el crédito dotado en las respectivas
Unidades Orgánicas relacionadas en el mismo, según se descripbe en los apartados primero y segundo de esta
Resolución, y con el detalle del apartado octavo sobre los créditos del capítulo 2.
Decimotercero.- Los responsables presupuestarios de las Unidades Orgánicas, así como los
responsables competenciales de las Unidades Funcionales indicadas en el apartado anterior, deberán velar por
el correcto cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 118.3 de la nueva LCSP, respecto a la
contratación menor, así como dar el trámite adecuado a aquellos expedientes de gasto que superen los límites
establecidos por la ley, en sus distitntas modalidades.
Decimocuarto.- La eficacia de la presente Resolución derogará los efectos de las Resoluciones
Rectorales 212/18.
El Rector
Prof. Jesús Tadeo Pastor Ciurana
En Elche, 15 de marzo de 2018
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