Page 258 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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elevadas al Vicerrector de Ordenación 2. El Consejo Social fijará las tasas de
Académica y Estudios mediante el matriculación de los cursos, más la retribución
procedimiento establecido al efecto. de los profesores y del director de cada título a
propuesta del Consejo de Gobierno de la UMH.
Propuestas de realización de los estudios
propios. 3. Las modificaciones que se puedan producir,
una vez aprobado el curso, se deberán justificar
1. Las propuestas de realización de los estudios ante el VAID, quien elevará la propuesta al
propios se presentarán de acuerdo con el Consejo de Gobierno, vía el Vicerrector de
procedimiento que se establecerá a tal efecto. Ordenación Académica y Estudios para su
2. Las propuestas de Estudios Propios se aprobación si procede.
regirán por lo establecido en este reglamento y 4. La realización de nuevas ediciones de cursos
las directrices que establezca el Vicerrector de ya aprobados no requerirá la presentación de
Ordenación Académica y Estudios. nuevas propuestas si no hay cambios, siendo
3. Se podrá recabar del proponente o necesario únicamente la comunicación del
proponentes de los estudios propuestos la director del estudio propio al VAID y el informe
información suplementaria que se estime favorable de éste.
pertinente.
Plazos para la presentación de estudios 5. La realización de nuevas ediciones de cursos
propios. ya aprobados, en los que se produzcan cambios,
se regirán por el procedimiento establecido para
1. Las propuestas de realización de los estudios las nuevas propuestas.
de Título Propio de Diploma Superior
Universitario, Máster, Especialista Universitario y Aplazamiento y anulación de los títulos.
Experto Universitario, deberán presentarse entre
los meses de enero y febrero del año natural 1. El Director de un título deberá comunicar al
para su comienzo en el del curso académico en Servicio a cuyo cargo está la gestión de los
el cual tendrá lugar su realización. estudios propios el aplazamiento o anulación del
mismo, argumentando el motivo de tal decisión.
2. Los Cursos de Perfeccionamiento y de
Especialización Profesional deberán presentarse 2. Los cursos aplazados, se deberán realizar en
con una antelación de 60 días con respecto a la el mismo curso académico en el que se iba a
fecha de comienzo de los mismos. impartir el mismo. En caso contrario, se requerirá
una comunicación justificada, y la aprobación
3. El Vicerrector de Ordenación Académica y del VAID.
Estudios podrá poner en marcha los Diplomas
de especialización y Técnico Universitario en RÉGIMEN ECONÓMICO DE LOS ESTUDIOS
cualquier momento del curso académico. PROPIOS
Aprobación de las propuestas de cursos.
Financiación de los cursos
1. Los Estudios Propios de la UMH serán
aprobados por el Consejo de Gobierno de la 1. Los Estudios Propios de la UMH se
UMH, previo informe del Vicerrector Adjunto de financiarán en régimen de autofinanciación con
Ordenación Académica y Estudios para la los ingresos que se originen en concepto de
Innovación Docente y la Formación Continua y matrícula y, en su caso, con la financiación
no Presencial (VAID), y a propuesta del recibida para tal fin de entidades y organismos
Vicerrector de Ordenación Académica y Estudios. que patrocinen económicamente dichas
enseñanzas. Los efectos económicos de estos
ingresos serán válidos desde el momento en que
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