Page 104 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
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asignado a cada Unidad Orgánica, incorporación de remanentes
procediendo el día 1 de octubre a la retención específicos de crédito de la liquidación
de crédito disponible que exceda del citado del ejercicio anterior.
porcentaje sobre el crédito definitivo. No e) Bajas por anulación derivadas de la
obstante, en el marco de lo establecido en el necesidad de reducir en todo o en
Anexo XXXV “Modelo de Presupuestación por parte determinadas partidas del estado
Resultados: Eficiencia en la Presupuestación”, de ingresos y gastos por idéntica
se admitirán hasta el día 20 de septiembre, cuantía.
Solicitud motivada de utilización de esté
remanente de crédito excedente, para ARTÍCULO 7º: Créditos Extraordinarios y
financiar nuevas actividades en el ejercicio Suplementos de Crédito
siguiente.
Cuando sea necesario realizar un gasto que
CAPÍTULO II: DE LOS CRÉDITOS Y no pueda demorarse al ejercicio siguiente y
SUS MODIFICACIONES no exista crédito adecuado o sea insuficiente
el consignado, podrá autorizarse la concesión
de un crédito extraordinario, en el primer
ARTÍCULO 6º: Tipos de Modificación
Presupuestaria: caso, o de un suplemento de crédito, en el
segundo, cuando su dotación no resulte
Los créditos concedidos inicialmente posible a través de las restantes figuras
únicamente podrán ser modificados de previstas en artículo 6.
acuerdo con lo que se establece en estas
Normas, la Ley de Consejos Sociales, los Estas modificaciones se financiarán mediante
Estatutos de la Universidad Miguel Hernández, los recursos siguientes:
la Ley 1/2015 de 6 de febrero, de Hacienda - Disminución de otro crédito (bajas
Pública, del Sector Público Instrumental y de por anulación).
Subvenciones y, supletoriamente, la - Aplicación de otros recursos
legislación estatal en la materia.
(Remanente genérico de Tesorería
Las modificaciones de créditos son los positivo del ejercicio anterior),
cambios en importes del presupuesto de - Obtención de nuevos, o mayores
gastos a nivel de la vinculación jurídica que ingresos previstos o ingresos no
establece el artículo 4.
previstos de carácter finalistas.
Constituyen modificaciones presupuestarias:
ARTÍCULO 8º: Bajas por Anulación
a) Las motivadas por la insuficiencia o
la inexistencia de crédito inicial: Son bajas por anulación las modificaciones
suplemento de crédito, las del Presupuesto de Gastos que suponen una
transferencias de crédito o crédito disminución total o parcial en el crédito
extraordinario, asignado a una partida del Presupuesto. En
todo caso, las anulaciones de derechos
b) Las originadas como consecuencia finalistas producirán las correspondientes
de la obtención de ingresos de bajas de créditos del estado de gastos.
reconocimiento preceptivo o de
carácter específico: ampliación de
crédito o generación de crédito.
ARTÍCULO 9º: Ampliaciones de Crédito
c) Las motivadas por la disposición de Es la modificación al alza del
mayores ingresos de carácter genérico Presupuesto de Gastos, como
o la incorporación de remanente de consecuencia de haberse producido el
tesorería de carácter genérico de la reconocimiento de un ingreso
liquidación del ejercicio anterior; así específico afectado, que excede de la
como las motivadas por la consignación prevista en el concepto
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