ITC 28 INSTALACIONES EN LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA
Responde al test. Si no acertases a la primera, podrás intentarlo de nuevo todas las veces que quieras!!!
Escoge la respuesta correcta para cada pregunta, haciendo click sobre la letra correspondiente.
Se consideran locales de pública concurrencia, según el REBT
Las residencias de estudiantes.
Los clubes sociales y deportivos.
Los consultorios médicos.
Todos los anteriores, si la ocupación prevista asciende a 50 personas.
Independientemente de los locales de pública concurrencia relacionados en la ITC-BT-28, pto.1, también tendrá dicha consideración cualquier local que tenga una capacidad de ocupación superior a:
50 personas.
80 personas.
100 personas.
120 personas.
En instalaciones en locales de pública concurrencia, cuando la alimentación puede estar asegurada de forma continua dentro unas condiciones especificadas, se llama:
No automática.
Automática sin corte.
Automática con corte breve.
Automática con corte muy breve.
La energía que no puede ser utilizada para los servidos de seguridad es:
Baterías de condensadores.
Baterías de acumuladores.
Generadores independientes.
Derivaciones separadas de la red de distribución, es decir, independientes de la alimentación normal.
En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia, la puesta en funcionamiento de las fuentes propias de energía se producirá cuando el valor de la tensión nominal descienda a un:
85 %.
70 %.
50 %.
90 %.
Los locales de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia:
Cuyo aforo sea mayor de 20 personas.
Cuyo aforo sea mayor de 50 personas.
Todos los locales.
Cuyo aforo sea mayor de 100 personas.
Deberán disponer de suministro de socorro los locales de espectáculos y actividades recreativas, etc, cuya ocupación prevista sea:
Cualquiera sea su capacidad.
Más de 500 personas.
Más de 800 personas.
Más de 100 personas.
Deberán disponer de suministro de socorro los locales de reunión, trabajo y usos sanitarios con una ocupación prevista de más de:
50 personas.
250 personas.
100 personas.
300 personas.
Cuándo un local pueda ser considerado de tal manera que pueda ser instalado tanto el suministro de socorro como el de reserva, se le instalará:
El suministro de socorro.
El suministro suplementario
El suministro de reserva.
Los dos tipos de suministro.
El alumbrado de seguridad entrará en funcionamiento cuando el alumbrado general descienda con respecto a su valor nominal al:
70 %.
85%.
75 % del valor nominal.
30%.
En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia, las instalaciones de alumbrado de evacuación deberán poder funcionar, al menos:
1 hora con la mitad de la iluminación prevista.
30 minutos con la iluminación prevista.
90 minutos con la iluminación prevista,
1 horas con la iluminancia prevista.
En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia, el alumbrado de reemplazamiento;
Permite la continuidad de las actividades normales.
No es necesario cuando se dispone de alumbrado de seguridad
Cuando proporcione una iluminancia menor al alumbrado normal, será sustituido por el alumbrado de seguridad.
No permite la continuidad de las actividades normales.
En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio situar el alumbrado de seguridad en los recintos cuya ocupación sea mayor de:
100 personas.
50 personas.
20 vehículos.
2 vehículos.
En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio disponer de alumbrado de reemplazamiento en:
Los aseos generales en planto en edificios de acceso público.
Todo cambio de dirección de la ruta de evacuación.
Todos los recintos ocupados por más de 100 personas.
Las salas de intervención, destinadas a tratamiento intensivo, paritorios, salas de urgencias.
En instalaciones en locales de pública concurrencia el alumbrado de reemplazamiento deberá proporcionar una iluminancia igual al normal durante al menos:
1 hora.
20 minutos.
90 minutos.
2 horas.
El interruptor automático que protege a las líneas de los alumbrados de emergencia será de intensidad nominal:
16 A.
6 A.
10 A.
8 A.
En instalaciones en locales de pública concurrencia, ¿cuantas líneas serán necesarias para alimentar 54 puntos de luz de emergencia, si están alimentadas por una fuente central?
Cuatro líneas.
Tres líneas.
Dos líneas.
Cinco líneas.
¿Cuántas líneas serán necesarias para alimentar 7 puntos de luz de emergencia que están ubica-dos en una misma sala, si están alimentadas por una fuente central?
Una línea.
Dos líneas.
Tres líneas.
Cuatro líneas.
¿Cuántas líneas serán necesarias para alimentar 15 puntos de luz de emergencia, si están alimentadas por una fuente central?
Una línea.
Dos líneas.
Tres líneas.
Cuatro líneas.
En instalaciones en locales de pública concurrencia, cuando los receptores consuman más de:
25 A, se alimentarán directamente desde el cuadro general o desde los secundarios.
10 A, se alimentarán siempre desde el cuadro general de la instalación.
6 A, se alimentará desde el cuadro general de la instalación.
16 A, se alimentarán directamente desde el cuadro general o desde los secundarios.
El mínimo de líneas secundarias a instalar en un local donde se reúne público y donde el número de lámparas instaladas es de 60:
No es recomendable instalar más de tres líneas.
Instalaremos una sola línea.
Instalaremos dos líneas, para que cada una alimente a 30 lámparas.
Instalaremos tres líneas para que cada una alimente a 20 lámparas.
En locales de espectáculos y actividades recreativas, se instalará alumbrado de balizamiento:
Cada dos peldaños o en rampas con una inclinación superior al 8 % del local.
Cada dos peldaños o en rampas con una inclinación superior al 20 % del local.
En cada peldaño o en rampas con una inclinación superior al 8 % del local.
Cada un peldaño o en rampas con una inclinación superior al 10 % del local.
En el alumbrado de balizamiento, el paso de alerta al de funcionamiento se producirá cuando la tensión descienda con respecto a su valor nominal: